C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20210324-24)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 15 de marzo de 2021, del Rector en funciones de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan ayudas al estudio correspondientes al “Programa Seguimos” cofinanciado con la Comunidad de Madrid, destinado a facilitar que los estudiantes en situación socioeconómica desfavorable puedan iniciar o continuar sus estudios universitarios en el curso 2020-2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 70
La cuantía máxima se corresponderá con el importe de los créditos en los que se haya
matriculado el estudiante en el curso 2020-2021, sin que dicho importe pueda superar el de
los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los
estudios cursados. En el caso de estudiantes de máster, el importe de la ayuda en ningún
caso podrá superar los 2.100,00 euros.
Las ayudas al estudio podrán cubrir los gastos de mantenimiento del estudiante durante
el curso académico 2020-2021, gastos de material didáctico y para el seguimiento “online” de
los estudios durante el curso y gastos de residencia del estudiante durante el curso.
Tercero
Bases reguladoras
La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la
universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios
Cuarto
Cuantía
La cuantía máxima de las mismas será de 2.923.336,00 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 30.VC.ES.422A.483.09 “Ayudas situaciones económicas desfavorables”.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del
día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Universidad
Rey Juan Carlos, o Registro General de la misma, conforme el formulario oficial recogido
en el Anexo II, así como en el siguiente enlace: https://gestion4.urjc.es/ayudassocioeconomicas/login, acompañadas de la documentación indicada en las presentes bases.
Una vez validado electrónicamente, el solicitante imprimirá el resguardo de solicitud
que podrá ser requerido por el Servicio de Subvenciones y Ayudas como comprobante de
haber realizado válidamente su solicitud. Dicha solicitud no se considerará valida sin este
resguardo.
Sexto
Otros datos
Además del formulario de solicitud, se deberá presentar la documentación exigida en
la base sexta de las bases reguladoras.
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
Octavo
Resolución y recursos
El Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.
Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
BOCM-20210324-24
Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración
presidida por la Vicerrectora de Estudiantes, de la que formará parte el Director Económico y Financiero, la Directora del Área Académica, un representante de los estudiantes, y la
Jefa de Sección del Servicio de Subvenciones y Ayudas, que actuará como secretaría de la
comisión.
Los criterios de baremación serán los que figuran en la base novena de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 70
La cuantía máxima se corresponderá con el importe de los créditos en los que se haya
matriculado el estudiante en el curso 2020-2021, sin que dicho importe pueda superar el de
los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los
estudios cursados. En el caso de estudiantes de máster, el importe de la ayuda en ningún
caso podrá superar los 2.100,00 euros.
Las ayudas al estudio podrán cubrir los gastos de mantenimiento del estudiante durante
el curso académico 2020-2021, gastos de material didáctico y para el seguimiento “online” de
los estudios durante el curso y gastos de residencia del estudiante durante el curso.
Tercero
Bases reguladoras
La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la
universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios
Cuarto
Cuantía
La cuantía máxima de las mismas será de 2.923.336,00 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 30.VC.ES.422A.483.09 “Ayudas situaciones económicas desfavorables”.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del
día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Universidad
Rey Juan Carlos, o Registro General de la misma, conforme el formulario oficial recogido
en el Anexo II, así como en el siguiente enlace: https://gestion4.urjc.es/ayudassocioeconomicas/login, acompañadas de la documentación indicada en las presentes bases.
Una vez validado electrónicamente, el solicitante imprimirá el resguardo de solicitud
que podrá ser requerido por el Servicio de Subvenciones y Ayudas como comprobante de
haber realizado válidamente su solicitud. Dicha solicitud no se considerará valida sin este
resguardo.
Sexto
Otros datos
Además del formulario de solicitud, se deberá presentar la documentación exigida en
la base sexta de las bases reguladoras.
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
Octavo
Resolución y recursos
El Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.
Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
BOCM-20210324-24
Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración
presidida por la Vicerrectora de Estudiantes, de la que formará parte el Director Económico y Financiero, la Directora del Área Académica, un representante de los estudiantes, y la
Jefa de Sección del Servicio de Subvenciones y Ayudas, que actuará como secretaría de la
comisión.
Los criterios de baremación serán los que figuran en la base novena de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.