Pinto (BOCM-20210323-55)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

la violencia, la discriminación salarial, laboral y social contra la mujer, la normativa sobre inclusión y de respeto a la diversidad.
b) Mayores, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los
servicios, las actuaciones, programas y los procedimientos dirigidos a garantizar
un sistema integral de atención y protección a las personas mayores de la población municipal, con medidas para impulsar y mejorar el bienestar físico, psíquico
y social de las personas mayores y proporcionarles un cuidado preventivo, progresivo, integral y continuado; para velar por la suficiencia económica de las personas mayores de la ciudad de Pinto que favorezca su integración social plena y garanticen condiciones de vida adecuadas; promover las condiciones precisas para
que las personas mayores lleven una vida autónoma mediante su participación en
el entorno físico, cultural y de ocio de la ciudad; elaboración de campañas de sensibilización de la sociedad pinteña respecto a las personas mayores en la ciudad y
promover su participación en el movimiento asociativo; representar al Ayuntamiento en la Fundación San Pedro y Santa Rosa de Lima y realizar las actuaciones que se le asignen al Ayuntamiento en la Junta de Patronos de la Fundación y,
en general, todos aquellos que se refieran a la detección de las necesidades específicas, su satisfacción e integración plena en la sociedad, en el ámbito de competencia municipal.
c) Actuaciones y los procedimientos relativos al funcionamiento y gestión del Banco
Municipal de Alimentos de Pinto.
Duodécimo.—Delegar en D.a María del Valle Martín Medina, como Concejala Delegada de Salud y Consumo, Protección Animal Cooperación Internacional, las funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Salud y Consumo, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y
los procedimientos relativos a los planes de salud; actividades y programas para
la protección y promoción de la salubridad pública; prevención en el consumo de
drogas y otras sustancias nocivas; protección e información a consumidores y
usuarios; inspección en materia de consumo; y, en general, todos aquellos que se
refieran al cumplimiento de la legislación en materia sanitaria y de consumo en el
ámbito de competencia municipal.
b) Protección Animal, que comprende los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la recogida de animales abandonados; control de colonias felinas, animales urbanos, salvajes y potencialmente peligrosos, así como programas y actividades que fomenten la protección y bienestar de los animales de
compañía y tenencia responsable de los mismos, desarrollo de áreas caninas, y en
general, aquellas que se encuentren en la legislación que regula esta materia, y en
particular, en el ámbito de la Ley de Protección de Animales de la Comunidad de
Madrid, y las competencias municipales.
c) Cooperación Internacional, que comprende los servicios, los programas, las actuaciones y los procedimientos encaminados a contribuir a la defensa y protección de
los Derechos Humanos, los valores democráticos, las libertades fundamentales, las
necesidades de bienestar económico y social, la sostenibilidad o regeneración del
medio ambiente, en aquellos países hacia los que la ciudad de Pinto tiene especial
sensibilidad, o aquellos que se encuentran en transición hacia la plena consolidación de sus instituciones democráticas y su inserción en la economía internacional,
en el marco de Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la legislación
que regula dicha materia, dentro del ámbito de competencia municipal.
Decimotercero.—Delegar en D.a Lydia Rupérez Alonso, como Concejala Delegada de
Deportes y Recursos Humanos, las funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en
las materias siguientes:
a) Deportes, que comprende, en particular, las instalaciones e infraestructuras, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al deporte base y actividades saludables; eventos deportivos; relaciones con los clubes y asociaciones deportivas; y, en general, todos aquellos que se refieran a la detección de las necesidades deportivas de la población municipal y su satisfacción en el marco de la
legislación en materia deportiva.
b) Recursos Humanos, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y
los procedimientos relativos a los procesos de selección de empleados públicos y
provisión de puestos de trabajo; régimen retributivo de los empleados públicos,

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