Madrid (BOCM-20210322-34)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 92
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 68
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Extracto de la decreto del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y
Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública del Premio Emprendedoras 2021 del
Ayuntamiento de Madrid.
BDNS (Identif.): 552713
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/552713).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto
El “Premio Emprendedoras 2021” es una de las líneas de reconocimiento del Ayuntamiento de Madrid al trabajo de las mujeres emprendedoras. El objetivo principal de este
premio es contribuir al reconocimiento de proyectos originales, creativos e innovadores
acometidos por mujeres para promover e impulsar el emprendimiento femenino, así como
la generación de empleo e incremento de la actividad económica del país, contribuyendo a
eliminar la brecha de género existente.
Para la puesta en marcha y el desarrollo de esta convocatoria, el Ayuntamiento de
Madrid contará con la colaboración de diferentes entidades privadas como Womenalia, la
Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME), la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y Onda
Madrid, las cuales se comprometen a materializar su aportación en especie en el plazo de
un año contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la renuncia a la
concesión del premio correspondiente establecido en la base séptima.
Podrán participar en el “Premio emprendedoras 2021” las personas físicas o jurídicas
que reúnan los siguientes requisitos:
1. Las empresas solicitantes deberán ser pymes según la definición establecida en la
Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003, no estarán participadas en
su capital por otra mercantil que no esté considerada pyme en más de un 25 por 100, sea
cual sea su régimen jurídico en el momento de la solicitud, y con algunas de las siguientes
formas jurídicas:
“Persona/as física/as: empresaria individual o autónoma, emprendedora de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.
“Personas jurídicas: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular y con una participación mayoritaria de mujeres, al menos el 55% en
el capital social y administración.
2. Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2016. Se admitirán las solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre
que al premio se presenten con una nueva línea de negocio y quede debidamente acredita-
BOCM-20210322-34
Segunda. Beneficiarios
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AYUNTAMIENTO DE
34
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Extracto de la decreto del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y
Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública del Premio Emprendedoras 2021 del
Ayuntamiento de Madrid.
BDNS (Identif.): 552713
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/552713).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto
El “Premio Emprendedoras 2021” es una de las líneas de reconocimiento del Ayuntamiento de Madrid al trabajo de las mujeres emprendedoras. El objetivo principal de este
premio es contribuir al reconocimiento de proyectos originales, creativos e innovadores
acometidos por mujeres para promover e impulsar el emprendimiento femenino, así como
la generación de empleo e incremento de la actividad económica del país, contribuyendo a
eliminar la brecha de género existente.
Para la puesta en marcha y el desarrollo de esta convocatoria, el Ayuntamiento de
Madrid contará con la colaboración de diferentes entidades privadas como Womenalia, la
Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME), la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y Onda
Madrid, las cuales se comprometen a materializar su aportación en especie en el plazo de
un año contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la renuncia a la
concesión del premio correspondiente establecido en la base séptima.
Podrán participar en el “Premio emprendedoras 2021” las personas físicas o jurídicas
que reúnan los siguientes requisitos:
1. Las empresas solicitantes deberán ser pymes según la definición establecida en la
Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003, no estarán participadas en
su capital por otra mercantil que no esté considerada pyme en más de un 25 por 100, sea
cual sea su régimen jurídico en el momento de la solicitud, y con algunas de las siguientes
formas jurídicas:
“Persona/as física/as: empresaria individual o autónoma, emprendedora de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.
“Personas jurídicas: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular y con una participación mayoritaria de mujeres, al menos el 55% en
el capital social y administración.
2. Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2016. Se admitirán las solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre
que al premio se presenten con una nueva línea de negocio y quede debidamente acredita-
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Segunda. Beneficiarios