Madrid número 32 (BOCM-20210318-203)
Procedimiento 1204/2020
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 65
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 359
Se acuerda ACLARAR la Sentencia número 35/2021, de fecha 22/02/2021 dictada en
el presente procedimiento rectificando el error material expresado, en el sentido que a continuación se dice:
En el párrafo primero del Fallo, donde dice:
“Que teniendo a la actora por desistida de su reclamación frente a don Sergio Antonio
Bricio Casado y estimando como ESTIMO LA DEMANDA DE DESPIDO formulada por
DON MIGUEL ANGEL BARRERA BERNAL contra OTTAWA SERVICIOS INTEGRALES, S.L., debo declarar y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicho trabajador con fecha 9.10.2020 así como la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando
a la empresa al abono de una indemnización de 3.707,55 euros, así como salarios de tramitación por importe de 10.186,40 euros desde el despido (9.10.2020) hasta la extinción de la
relación laboral (22.02.2021), con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en
posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado
(74,90 euros/día)”.
Debe decir:
“Que estimando como ESTIMO LA DEMANDA DE DESPIDO formulada por DON
MIGUEL ANGEL BARRERA BERNAL contra OTTAWA SERVICIOS INTEGRALES,
S.L., debo declarar y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre
dicho trabajador con fecha 9.10.2020 así como la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al
abono de una indemnización de 3.707,55 euros, así como salarios de tramitación por importe de 10.186,40 euros desde el despido (9.10.2020) hasta la extinción de la relación laboral
(22.02.2021), con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación de
incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos y/o
prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de
Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado (74,90 euros/día)”.
Manteniendo en su integridad el resto de pronunciamientos.
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OTTAWA SERVICIOS
INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.657/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210318-203
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 65
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 359
Se acuerda ACLARAR la Sentencia número 35/2021, de fecha 22/02/2021 dictada en
el presente procedimiento rectificando el error material expresado, en el sentido que a continuación se dice:
En el párrafo primero del Fallo, donde dice:
“Que teniendo a la actora por desistida de su reclamación frente a don Sergio Antonio
Bricio Casado y estimando como ESTIMO LA DEMANDA DE DESPIDO formulada por
DON MIGUEL ANGEL BARRERA BERNAL contra OTTAWA SERVICIOS INTEGRALES, S.L., debo declarar y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicho trabajador con fecha 9.10.2020 así como la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando
a la empresa al abono de una indemnización de 3.707,55 euros, así como salarios de tramitación por importe de 10.186,40 euros desde el despido (9.10.2020) hasta la extinción de la
relación laboral (22.02.2021), con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en
posteriores empleos y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado
(74,90 euros/día)”.
Debe decir:
“Que estimando como ESTIMO LA DEMANDA DE DESPIDO formulada por DON
MIGUEL ANGEL BARRERA BERNAL contra OTTAWA SERVICIOS INTEGRALES,
S.L., debo declarar y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre
dicho trabajador con fecha 9.10.2020 así como la EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que les unía, con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al
abono de una indemnización de 3.707,55 euros, así como salarios de tramitación por importe de 10.186,40 euros desde el despido (9.10.2020) hasta la extinción de la relación laboral
(22.02.2021), con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación de
incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos y/o
prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de
Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado (74,90 euros/día)”.
Manteniendo en su integridad el resto de pronunciamientos.
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OTTAWA SERVICIOS
INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.657/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210318-203
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.