C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20210318-36)
Área de prestación conjunta transporte viajeros – Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras, por la que se constituye el nuevo Área de Prestación Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo de Madrid y se establecen las normas que la regulan
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 65
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 121
IV. Comisión de Seguimiento
Decimocuarto
Comisión de Seguimiento
Con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio de taxi en todo el territorio del Área de Prestación Conjunta de Madrid, se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de la Comunidad de Madrid, del Ayuntamiento de Madrid,
de aquellos municipios que, atendiendo a criterios de representatividad, se determine por la
Comunidad de Madrid y de las asociaciones representativas del Sector del Taxi del Comité Madrileño del Transporte por Carretera.
La Comisión de Seguimiento tendrá carácter consultivo en aquellas cuestiones relacionadas con la gestión, regulación y ordenación del Área de Prestación Conjunta.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por los siguientes representantes:
— Tres representantes de la Comunidad de Madrid.
— Tres representantes del Ayuntamiento de Madrid.
— Dos representantes de municipios de más de 100.000 habitantes.
— Un representante de municipios entre 50.000 y 100.000 habitantes.
— Un representante de municipios entre 20.000 y 50.000 habitantes.
— Un representante de municipios de menos de 20.000 habitantes.
— Un representante de cada asociación representativa del Sector del Taxi integrante
del Comité Madrileño del Transporte por Carretera.
El órgano competente de la Comunidad de Madrid designará anualmente, de forma rotatoria, los municipios que participarán en la Comisión de Seguimiento.
Cualquier municipio del Área de Prestación Conjunta podrá dirigirse por escrito a la
Comisión de Seguimiento para el tratamiento de cualquier asunto de su interés.
La Comisión de Seguimiento podrá convocar al municipio o municipios interesados al
objeto de tratar cualquier asunto que sea de su interés.
Decimoquinto
Reuniones
La Comisión de Seguimiento se reunirá de forma ordinaria al menos una vez al año, y
de forma extraordinaria a petición de un mínimo de cinco municipios o de al menos dos de
las asociaciones con representación en el Comité Madrileño de Transporte por Carretera,
para el tratamiento de cualquier asunto de su interés.
Decimosexto
Interpretación resolución
La interpretación respecto de la aplicación de la presente resolución corresponderá a
la Dirección General de Transportes y Movilidad.
ANEXO II
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Ajalvir.
Alcobendas
Alcorcón.
Algete.
Arganda del Rey.
Arroyomolinos.
Boadilla del Monte.
Brunete.
Campo Real.
Chinchón.
Ciempozuelos.
Colmenar Viejo.
Coslada.
BOCM-20210318-36
RELACIÓN DE MUNICIPIOS INTEGRANTES DEL ÁREA DE PRESTACIÓN
CONJUNTA DE MADRID
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 65
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 121
IV. Comisión de Seguimiento
Decimocuarto
Comisión de Seguimiento
Con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio de taxi en todo el territorio del Área de Prestación Conjunta de Madrid, se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de la Comunidad de Madrid, del Ayuntamiento de Madrid,
de aquellos municipios que, atendiendo a criterios de representatividad, se determine por la
Comunidad de Madrid y de las asociaciones representativas del Sector del Taxi del Comité Madrileño del Transporte por Carretera.
La Comisión de Seguimiento tendrá carácter consultivo en aquellas cuestiones relacionadas con la gestión, regulación y ordenación del Área de Prestación Conjunta.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por los siguientes representantes:
— Tres representantes de la Comunidad de Madrid.
— Tres representantes del Ayuntamiento de Madrid.
— Dos representantes de municipios de más de 100.000 habitantes.
— Un representante de municipios entre 50.000 y 100.000 habitantes.
— Un representante de municipios entre 20.000 y 50.000 habitantes.
— Un representante de municipios de menos de 20.000 habitantes.
— Un representante de cada asociación representativa del Sector del Taxi integrante
del Comité Madrileño del Transporte por Carretera.
El órgano competente de la Comunidad de Madrid designará anualmente, de forma rotatoria, los municipios que participarán en la Comisión de Seguimiento.
Cualquier municipio del Área de Prestación Conjunta podrá dirigirse por escrito a la
Comisión de Seguimiento para el tratamiento de cualquier asunto de su interés.
La Comisión de Seguimiento podrá convocar al municipio o municipios interesados al
objeto de tratar cualquier asunto que sea de su interés.
Decimoquinto
Reuniones
La Comisión de Seguimiento se reunirá de forma ordinaria al menos una vez al año, y
de forma extraordinaria a petición de un mínimo de cinco municipios o de al menos dos de
las asociaciones con representación en el Comité Madrileño de Transporte por Carretera,
para el tratamiento de cualquier asunto de su interés.
Decimosexto
Interpretación resolución
La interpretación respecto de la aplicación de la presente resolución corresponderá a
la Dirección General de Transportes y Movilidad.
ANEXO II
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Ajalvir.
Alcobendas
Alcorcón.
Algete.
Arganda del Rey.
Arroyomolinos.
Boadilla del Monte.
Brunete.
Campo Real.
Chinchón.
Ciempozuelos.
Colmenar Viejo.
Coslada.
BOCM-20210318-36
RELACIÓN DE MUNICIPIOS INTEGRANTES DEL ÁREA DE PRESTACIÓN
CONJUNTA DE MADRID