C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210317-18)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 205/2021, de 4 de marzo, de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 98

MIÉRCOLES 17 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 64

c) Restauración de documentos municipales en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro, con un crédito de 12.500 euros. Esta línea de
subvención lleva aparejada la digitalización de los documentos restaurados.
d) Microfilmación y digitalización de fondos documentales histórico de los archivos
municipales, con un crédito de 10.000 euros. Esta línea de ayuda permite digitalizar documentos que se encuentren en soporte microfilm y microfilmar documentos que estén en soporte digital.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron en el Título I de la Orden 1431/2013, de 1 de abril, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 104, de 3 de mayo), modificada por la Orden 1096/2016, de 28 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del
Gobierno, por la que se modifican las bases reguladoras de subvenciones de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para su adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras Medidas de Reforma Administrativa
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de 12 de abril); y la Orden
16/2017, de 11 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 22 de 26 de enero)
Cuarto
Cuantía
50.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Sexto
Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados
1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo
que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la
Comunidad de Madrid, disponible en el apartado de “Administración Electrónica. Punto de
Acceso General” a través del portal corporativo de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).
2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de
concesión, se publicarán en la página web: http://gestionesytramites.madrid.org.
Séptimo
1. El pago de las subvenciones se efectuará con posterioridad a la justificación de la
aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la subvención y previa aportación de
la totalidad de documentos reflejados en la Orden de la Convocatoria.
2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y
el resto de documentos indicados en este artículo finaliza el 31 de octubre de 2021.
Madrid, a 4 de marzo de 2021.
La Consejera de Cultura y Turismo,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/8.868/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Pago y justificación