Madrid (BOCM-20210316-54)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan Especial mejora accesos El Cañaveral
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021

Pág. 189

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el
período de información pública, por las razones y en los términos señalados en el Informe
de la Dirección General de Planeamiento.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de mejora de redes públicas para
la remodelación del enlace PK 23 + 600 de la M-45 y la mejora de los accesos a la parcela
MCO del Plan Parcial del Suelo Urbanizable Programado 2.01 “El Cañaveral”, en el Distrito de Vicálvaro, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, de conformidad
con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el
registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre,
a continuación se publica el texto de las Normas Urbanísticas del Plan Especial de referencia:
NORMAS URBANÍSTICAS
Artículo 1. Alcance de las ordenanzas/Contenido y vigencia.—El objeto de la presente
Normativa Urbanística es la regulación de los suelos incluidos en el ámbito delimitado por el
Plan Especial de Mejora de redes públicas: enlace PK 23 + 600 (M-45) y accesos a la parcela
MCO del UZP 2.01 “El Cañaveral” y tiene un carácter supletorio respecto al contenido de normativa urbanística del documento de Plan Parcial definitivamente aprobado y sus posteriores
modificaciones de Planes Especiales.
Las Ordenanzas tendrán vigencia indefinida en el tiempo, desde el momento de la
aprobación definitiva del Plan Especial hasta su modificación o derogación.
Las presentes Ordenanzas se completan con las determinaciones contenidas en el resto
de la documentación integrante del Plan Especial, con las Ordenanzas del Plan Parcial del
Sector UZP 2.01 “El Cañaveral” y, subsidiariamente, en aquellos aspectos no regulados expresamente en el planeamiento de desarrollo, con las determinaciones del PGOU de Madrid.
Art. 2. Documentos integrantes del Plan Especial/Orden de prevalencia.—Las determinaciones del Plan Especial se estructuran en los siguientes documentos:
Volumen I. Memoria, Normas y Planos:
Bloque I. Documentación informativa.

I. Memoria de ordenación (descriptiva y justificativa).
II. Normas Urbanísticas.
III. Planos de Ordenación (PO).
Volumen II. Anexos.
Volumen III. Documento Ambiental Estratégico (DAE).
Volumen IV. Resumen Ejecutivo.
Volumen V. Documentación Administrativa.

BOCM-20210316-54

I. Memoria de información.
II. Planos de Información (PI).
Bloque II. Documentación normativa: