C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210316-35)
Plan estratégico subvenciones – Orden 92/2021, de 5 de marzo, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 150
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
LÍNEA
4 Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de
tecnología al sector productivo a través de Entidades de Enlace de la innovación
tecnológica
OBJETO
Revitalizar la innovación tecnológica empresarial, a partir de un mejor aprovechamiento de la
actividad de los numerosos centros y entidades de la Comunidad de Madrid que trabajan en la
intermediación y enlace de la innovación, apoyándolos en sus actividades directamente
relacionadas con el tejido productivo, con el fin de multiplicar su impacto sobre la innovación,
transferencia y uso de la innovación tecnológica en las empresas, así como la creación y
desarrollo de nuevas empresas de base tecnológica, visibilización, puesta en valor e internacionalización de la innovación tecnológica madrileña, fomento de la participación conjunta de
agentes, todo ello en los ámbitos tecnológico-productivos definidos como prioridades regionales en la Estrategia RIS3 de la Comunidad de Madrid.
BENEFICIARIOS
Organismos que: 1) sean entidades de enlace de la innovación tecnológica que correspondan
a estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas
innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y
otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora
mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos
teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas
y otras organizaciones de la agrupación, 2) estén legalmente constituidas en la fecha de
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 3)
con una sede o centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, 4) que tengan la capacidad
administrativa, financiera y operativa suficiente para cumplir todas las obligaciones que, como
beneficiario corresponden a la entidad de enlace de la innovación tecnológica y 5) que correspondan a alguna de las siguientes tipologías de entidades: Asociaciones, Confederaciones,
Corporaciones de derecho público, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Agrupaciones, de empresas, así como de otras entidades.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
Se financiarán proyectos estratégicos, de impulso de la innovación y transferencia de tecnología desarrollados a través de centros, unidades específicas o entidades especializadas de
enlace cuya función principal sea dicha actividad de transferencia de la tecnología e impulso
de la innovación. En particular, se persigue multiplicar la colaboración efectiva entre el tejido
productivo y el subsistema científico-técnico, dinamizando el ecosistema innovador de la
Comunidad de Madrid, facilitando la realización de proyectos conjuntos que pongan en valor el
conocimiento generado en la región, para que los resultados de la investigación lleguen al
mercado y se transformen en nuevos productos, procesos y servicios, en mejoras de los
existentes, o más fuertes y nuevas empresas basadas en la tecnología, es decir, en innovación.
Los proyectos dinamizadores serán presentados por las entidades de intermediación o enlace
que son los beneficiarios que recibirán los fondos de la subvención. No obstante, los proyectos
dinamizadores estarán dirigidos esencialmente a apoyar al tejido empresarial en las diferentes
etapas del proceso de generación y uso de la innovación tecnológica, desde la fase de
emprendimiento, crecimiento, generación de innovación, etc. hasta la transferencia de conocimiento, incluyendo el resto de etapas intermedias. Para ello, los centros de intermediación
realizarán, entre otras, actividades de difusión y organización de eventos, jornadas, concursos, premios, en general, actividades de promoción de la transferencia tecnológica que
permitan facilitar la colaboración entre los agentes del ecosistema innovador y conocer las
necesidades del sector productivo en materia de innovación, potenciar la innovación y transferencia tecnológica al tejido productivo y poner a disposición de las empresas las nuevas
tecnologías generadas, actividades de estímulo y visibilización de la cultura de la innovación
empresarial y la cooperación tecnológica, entre ellas, organización de cursos y actividades de
formación,
facilitarán a las empresas la internacionalización de la innovación así como
servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación y transferencia tecnológica, tales como
consultoría de gestión, asistencia tecnológica, jurídica, financiera y empresarial, servicios de
transferencia tecnológica, formación, consultoría para la gestión, protección y comercio de
Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual y acuerdos de licencias, facilitar el acceso del
tejido empresarial a los catálogos y recursos de oferta tecnológica, estimular el contacto entre
las empresas y el subsistema técnico-científico, e impulsar la participación conjunta de dichos
agentes del ecosistema innovador en proyectos de transferencia tecnológica al tejido empresarial, fomentar la participación en Foros de Transferencia de Conocimiento y Tecnología a
nivel regional, nacional e internacional, así como en proyectos internacionales de innovación
tecnológica, provisión de facilidades para la presentación de proyectos a convocatorias
regionales, nacionales e internacionales, etc.
Por tanto, se podrán financiar los gastos correspondientes a las actividades vinculadas a la
realización de los proyectos dinamizadores seleccionados. Está prevista la cofinanciación del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional para esta línea de ayudas. Por ello, los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación financiada, sin más
limitaciones que las derivadas de la normativa comunitaria, nacional y regional aplicable.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Un 50% de los gastos subvencionables
PLAZO DE EJECUCIÓN
Máximo de dos años
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
Concurrencia competitiva, de tal forma que la concesión de las ayudas se realiza mediante la
comparación de las solicitudes presentadas con objeto de establecer una prelación entre las
mismas de acuerdo con unos criterios de valoración previamente fijados y adjudicar la subvención a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación.
COSTES PRESUPUESTARIOS
PREVISIBLES
Respecto a su impacto presupuestario, se propone la autorización de un gasto plurianual por
importe total de 2.400.000 € cuya financiación se realizará con cargo al subconcepto 79002
“Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación”,
del presupuesto general de la Comunidad de Madrid, con el siguiente desglose:
x
Presupuesto 2021: 0 €
x
Presupuesto 2022: 1.200.000 €
x
Presupuesto 2023: 1.200.000 €
FUENTE FINANCIACIÓN
100% Comunidad de Madrid
SEGUIMIENTO Y CONTROL
El seguimiento de las ayudas será realizado por parte de la Dirección General de Investigación
e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo la comprobación documental y material de la ejecución de las actividades subvencionadas.
INDICADORES
Nº de entidades de transferencia que reciben ayuda
B.O.C.M. Núm. 63
BOCM-20210316-35
BOCM
Pág. 150
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
LÍNEA
4 Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de
tecnología al sector productivo a través de Entidades de Enlace de la innovación
tecnológica
OBJETO
Revitalizar la innovación tecnológica empresarial, a partir de un mejor aprovechamiento de la
actividad de los numerosos centros y entidades de la Comunidad de Madrid que trabajan en la
intermediación y enlace de la innovación, apoyándolos en sus actividades directamente
relacionadas con el tejido productivo, con el fin de multiplicar su impacto sobre la innovación,
transferencia y uso de la innovación tecnológica en las empresas, así como la creación y
desarrollo de nuevas empresas de base tecnológica, visibilización, puesta en valor e internacionalización de la innovación tecnológica madrileña, fomento de la participación conjunta de
agentes, todo ello en los ámbitos tecnológico-productivos definidos como prioridades regionales en la Estrategia RIS3 de la Comunidad de Madrid.
BENEFICIARIOS
Organismos que: 1) sean entidades de enlace de la innovación tecnológica que correspondan
a estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas
innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y
otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora
mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos
teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas
y otras organizaciones de la agrupación, 2) estén legalmente constituidas en la fecha de
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 3)
con una sede o centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, 4) que tengan la capacidad
administrativa, financiera y operativa suficiente para cumplir todas las obligaciones que, como
beneficiario corresponden a la entidad de enlace de la innovación tecnológica y 5) que correspondan a alguna de las siguientes tipologías de entidades: Asociaciones, Confederaciones,
Corporaciones de derecho público, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Agrupaciones, de empresas, así como de otras entidades.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
Se financiarán proyectos estratégicos, de impulso de la innovación y transferencia de tecnología desarrollados a través de centros, unidades específicas o entidades especializadas de
enlace cuya función principal sea dicha actividad de transferencia de la tecnología e impulso
de la innovación. En particular, se persigue multiplicar la colaboración efectiva entre el tejido
productivo y el subsistema científico-técnico, dinamizando el ecosistema innovador de la
Comunidad de Madrid, facilitando la realización de proyectos conjuntos que pongan en valor el
conocimiento generado en la región, para que los resultados de la investigación lleguen al
mercado y se transformen en nuevos productos, procesos y servicios, en mejoras de los
existentes, o más fuertes y nuevas empresas basadas en la tecnología, es decir, en innovación.
Los proyectos dinamizadores serán presentados por las entidades de intermediación o enlace
que son los beneficiarios que recibirán los fondos de la subvención. No obstante, los proyectos
dinamizadores estarán dirigidos esencialmente a apoyar al tejido empresarial en las diferentes
etapas del proceso de generación y uso de la innovación tecnológica, desde la fase de
emprendimiento, crecimiento, generación de innovación, etc. hasta la transferencia de conocimiento, incluyendo el resto de etapas intermedias. Para ello, los centros de intermediación
realizarán, entre otras, actividades de difusión y organización de eventos, jornadas, concursos, premios, en general, actividades de promoción de la transferencia tecnológica que
permitan facilitar la colaboración entre los agentes del ecosistema innovador y conocer las
necesidades del sector productivo en materia de innovación, potenciar la innovación y transferencia tecnológica al tejido productivo y poner a disposición de las empresas las nuevas
tecnologías generadas, actividades de estímulo y visibilización de la cultura de la innovación
empresarial y la cooperación tecnológica, entre ellas, organización de cursos y actividades de
formación,
facilitarán a las empresas la internacionalización de la innovación así como
servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación y transferencia tecnológica, tales como
consultoría de gestión, asistencia tecnológica, jurídica, financiera y empresarial, servicios de
transferencia tecnológica, formación, consultoría para la gestión, protección y comercio de
Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual y acuerdos de licencias, facilitar el acceso del
tejido empresarial a los catálogos y recursos de oferta tecnológica, estimular el contacto entre
las empresas y el subsistema técnico-científico, e impulsar la participación conjunta de dichos
agentes del ecosistema innovador en proyectos de transferencia tecnológica al tejido empresarial, fomentar la participación en Foros de Transferencia de Conocimiento y Tecnología a
nivel regional, nacional e internacional, así como en proyectos internacionales de innovación
tecnológica, provisión de facilidades para la presentación de proyectos a convocatorias
regionales, nacionales e internacionales, etc.
Por tanto, se podrán financiar los gastos correspondientes a las actividades vinculadas a la
realización de los proyectos dinamizadores seleccionados. Está prevista la cofinanciación del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional para esta línea de ayudas. Por ello, los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la operación financiada, sin más
limitaciones que las derivadas de la normativa comunitaria, nacional y regional aplicable.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Un 50% de los gastos subvencionables
PLAZO DE EJECUCIÓN
Máximo de dos años
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
Concurrencia competitiva, de tal forma que la concesión de las ayudas se realiza mediante la
comparación de las solicitudes presentadas con objeto de establecer una prelación entre las
mismas de acuerdo con unos criterios de valoración previamente fijados y adjudicar la subvención a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación.
COSTES PRESUPUESTARIOS
PREVISIBLES
Respecto a su impacto presupuestario, se propone la autorización de un gasto plurianual por
importe total de 2.400.000 € cuya financiación se realizará con cargo al subconcepto 79002
“Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación”,
del presupuesto general de la Comunidad de Madrid, con el siguiente desglose:
x
Presupuesto 2021: 0 €
x
Presupuesto 2022: 1.200.000 €
x
Presupuesto 2023: 1.200.000 €
FUENTE FINANCIACIÓN
100% Comunidad de Madrid
SEGUIMIENTO Y CONTROL
El seguimiento de las ayudas será realizado por parte de la Dirección General de Investigación
e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo la comprobación documental y material de la ejecución de las actividades subvencionadas.
INDICADORES
Nº de entidades de transferencia que reciben ayuda
B.O.C.M. Núm. 63
BOCM-20210316-35
BOCM