Camarma de Esteruelas (BOCM-20210316-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
Pág. 235
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas o en el sector privado
y la duración de los mismos se acreditarán mediante la aportación de la vida laboral. Y asimismo, de los contratos de trabajo, y/o certificados de las entidades donde se hayan prestado servicios, debiendo acreditarse suficientemente los servicios
prestados que se pretendan hacer valer como experiencia profesional en la fase de
concurso. Siendo documentado mediante original o copia auténtica o electrónica.
En caso de empate en la fase de concurso, se decidirá por la puntuación del apartado experiencia por el orden siguiente:
1.o Puntuación en puestos similares de Auxiliar Administrativo del Departamento correspondiente en un Ayuntamiento
2.o Puntuación en puestos similares de Auxiliar Administrativo del Departamento correspondiente en una Administración Pública
3.o Puntuación en puestos o funciones similares en puestos similares de Auxiliar
Administrativo del Departamento correspondiente en el sector privado.
Si aun así existiese empate, se realizará un sorteo.
Octava. Calificación
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso, siendo la puntuación máxima de 15 puntos.
Novena. Relación de aprobados y acreditación de requisitos
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes y consideradas las reclamaciones
presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento https://camarmadeesteruelas.sedelectronica.es/info.0
Posteriormente, vistas e informadas las alegaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el acta del proceso selectivo para que se apruebe la constitución de la bolsa con el orden de prelación definitivo de aspirantes, que deberá publicar en
la sede electrónica del Ayuntamiento, donde deberá permanecer actualizada.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante
el Ayuntamiento la siguiente documentación:
— Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
— Declaración responsable de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier Administración Pública, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de
compatibilidad, conforme la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
— Certificado médico de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite el
normal desempeño de sus funciones.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de
los aspirantes según el orden de prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante a la que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará a la siguiente candidata que
hubiera superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el
Ayuntamiento.
1. Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo ocuparán el puesto de la lista
que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado
para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación
que ostenta dentro del listado.
2. Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de
oportunidades y principio de no discriminación.
BOCM-20210316-60
Décima. Funcionamiento de cada una de las bolsas de trabajo
B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
Pág. 235
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas o en el sector privado
y la duración de los mismos se acreditarán mediante la aportación de la vida laboral. Y asimismo, de los contratos de trabajo, y/o certificados de las entidades donde se hayan prestado servicios, debiendo acreditarse suficientemente los servicios
prestados que se pretendan hacer valer como experiencia profesional en la fase de
concurso. Siendo documentado mediante original o copia auténtica o electrónica.
En caso de empate en la fase de concurso, se decidirá por la puntuación del apartado experiencia por el orden siguiente:
1.o Puntuación en puestos similares de Auxiliar Administrativo del Departamento correspondiente en un Ayuntamiento
2.o Puntuación en puestos similares de Auxiliar Administrativo del Departamento correspondiente en una Administración Pública
3.o Puntuación en puestos o funciones similares en puestos similares de Auxiliar
Administrativo del Departamento correspondiente en el sector privado.
Si aun así existiese empate, se realizará un sorteo.
Octava. Calificación
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso, siendo la puntuación máxima de 15 puntos.
Novena. Relación de aprobados y acreditación de requisitos
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes y consideradas las reclamaciones
presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento https://camarmadeesteruelas.sedelectronica.es/info.0
Posteriormente, vistas e informadas las alegaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el acta del proceso selectivo para que se apruebe la constitución de la bolsa con el orden de prelación definitivo de aspirantes, que deberá publicar en
la sede electrónica del Ayuntamiento, donde deberá permanecer actualizada.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante
el Ayuntamiento la siguiente documentación:
— Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
— Declaración responsable de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier Administración Pública, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de
compatibilidad, conforme la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
— Certificado médico de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite el
normal desempeño de sus funciones.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de
los aspirantes según el orden de prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante a la que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará a la siguiente candidata que
hubiera superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el
Ayuntamiento.
1. Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo ocuparán el puesto de la lista
que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado
para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación
que ostenta dentro del listado.
2. Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de
oportunidades y principio de no discriminación.
BOCM-20210316-60
Décima. Funcionamiento de cada una de las bolsas de trabajo