Guadalix de la Sierra (BOCM-20210315-72)
Régimen económico. Ordenanza fiscal construcciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 197
La bonificación se aplicará cuando se trate de obras de reforma y rehabilitación de viviendas cuyo objeto sea facilitar la movilidad y el acceso a las personas discapacitadas y se
cumplan todos los siguientes requisitos:
— En viviendas unifamiliares, o en alguna de las viviendas en el caso de que las obras
afecten a elementos comunes de edificios en régimen de propiedad horizontal, deberá residir al menos una persona con un grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, excluidos los factores sociales complementarios. Se acreditará esta
circunstancia mediante el certificado de minusvalía expedido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, y el certificado de empadronamiento en la vivienda objeto de las obras.
— Se excluyen las obras de construcción de nuevas viviendas o de adaptación de locales existentes al uso de vivienda.
Estas bonificaciones no se aplicarán de forma simultánea, pudiendo el contribuyente
solicitar solamente una de ellas, a excepción de la referente a las viviendas de protección
oficial.
VII. Infracciones y sanciones
Art. 9. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de
las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto sobre los
derechos de prelación en la Ley General Tributaria, conforme se ordena en el artículo 11
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ANEXO 1
CUADRO DE PRECIOS DE CONSTRUCCIÓN PARA EL MUNICIPIO
DE GUADALIX DE LA SIERRA
Los presupuestos de ejecución material de los Proyectos Básicos o de Ejecución que
sean inferiores a los que se obtendrían de aplicar la tabla de precios de la construcción en
Guadalix de la Sierra serán considerados no válidos y sustituidos por la valoración que efectúa en dicha tabla.
CUADRO DE PRECIOS MINIMOS DE EJECUCIÓN MATERIAL PARA CONSTRUCCIONES
EN EL MUNICIPIO DE GUADALIX DE LA SIERRA.
2
Vivienda en Ordenanza 01 Casco Urbano
Vivienda fuera de Ordenanza 01 Casco Urbano
Locales hasta 100 m2
Locales de más 100 m2
Derribos
Piscinas lamina de agua
Euros/ m
500,00 €/ m2
600,00 €/ m2
250,00 €/ m2
400,00 €/ m2
1,00 €
350,00 €/ m2
En caso de que los locales se trasformen en vivienda, se hará una nueva liquidación entre la diferencia del px/m2/vivienda por el px/m2/local.
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta
su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
Guadalix de la Sierra, a 3 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez
González.
(03/7.878/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210315-72
DISPOSICIÓN FINAL
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 197
La bonificación se aplicará cuando se trate de obras de reforma y rehabilitación de viviendas cuyo objeto sea facilitar la movilidad y el acceso a las personas discapacitadas y se
cumplan todos los siguientes requisitos:
— En viviendas unifamiliares, o en alguna de las viviendas en el caso de que las obras
afecten a elementos comunes de edificios en régimen de propiedad horizontal, deberá residir al menos una persona con un grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, excluidos los factores sociales complementarios. Se acreditará esta
circunstancia mediante el certificado de minusvalía expedido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, y el certificado de empadronamiento en la vivienda objeto de las obras.
— Se excluyen las obras de construcción de nuevas viviendas o de adaptación de locales existentes al uso de vivienda.
Estas bonificaciones no se aplicarán de forma simultánea, pudiendo el contribuyente
solicitar solamente una de ellas, a excepción de la referente a las viviendas de protección
oficial.
VII. Infracciones y sanciones
Art. 9. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de
las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto sobre los
derechos de prelación en la Ley General Tributaria, conforme se ordena en el artículo 11
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ANEXO 1
CUADRO DE PRECIOS DE CONSTRUCCIÓN PARA EL MUNICIPIO
DE GUADALIX DE LA SIERRA
Los presupuestos de ejecución material de los Proyectos Básicos o de Ejecución que
sean inferiores a los que se obtendrían de aplicar la tabla de precios de la construcción en
Guadalix de la Sierra serán considerados no válidos y sustituidos por la valoración que efectúa en dicha tabla.
CUADRO DE PRECIOS MINIMOS DE EJECUCIÓN MATERIAL PARA CONSTRUCCIONES
EN EL MUNICIPIO DE GUADALIX DE LA SIERRA.
2
Vivienda en Ordenanza 01 Casco Urbano
Vivienda fuera de Ordenanza 01 Casco Urbano
Locales hasta 100 m2
Locales de más 100 m2
Derribos
Piscinas lamina de agua
Euros/ m
500,00 €/ m2
600,00 €/ m2
250,00 €/ m2
400,00 €/ m2
1,00 €
350,00 €/ m2
En caso de que los locales se trasformen en vivienda, se hará una nueva liquidación entre la diferencia del px/m2/vivienda por el px/m2/local.
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta
su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
Guadalix de la Sierra, a 3 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez
González.
(03/7.878/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210315-72
DISPOSICIÓN FINAL