Mejorada del Campo (BOCM-20210312-55)
Organización y funcionamiento. Ordenanza protección animales compañía
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 60
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
MEJORADA DEL CAMPO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 22 de diciembre de 2020, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza de protección de animales de compañía de Mejorada del Campo.
Acordó, asimismo, someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que tuvo lugar el 13 de enero de 2021, a fin
de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias por los interesados, en su caso, estando el expediente a disposición en la Secretaría General del Ayuntamiento. Todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la vigente de Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local.
En consecuencia, y conforme a lo establecido en los artículos 49 y 70.2 del citado texto legal, se procede a la publicación oficial del texto definitivamente aprobado de la Ordenanza de protección de animales de compañía de Mejorada del Campo.
ANEXO
ORDENANZA DE PROTECCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
DE MEJORADA DEL CAMPO
En las sociedades actuales de los países más avanzados económica y culturalmente
existe una mayor concienciación ciudadana sobre el respeto a los animales del entorno y a
los animales de compañía en particular, hecho que no podía ser menos en Mejorada del
Campo donde existe una gran sensibilización hacia el respeto la defensa y protección de los
animales.
Dentro de esta mayor concienciación se encuentra la actualización normativa en cuanto a los derechos de los animales, el maltrato y el abandono e incorpora el rechazo de la sociedad al sacrificio de los animales de compañía, estableciendo unos criterios más restrictivos a la hora de aplicarlo quedando prohibido su utilización excepto en algunas
excepciones dictaminadas por profesional Veterinario.
Esta Ordenanza tiene como finalidad lograr el máximo nivel de protección y bienestar
de los animales de compañía, cualesquiera que fueran sus circunstancias o lugar en que se
hallen, para se promoverá: El fomento de la tenencia responsable. La lucha contra el abandono. El fomento de la adopción. La esterilización de los animales y su compra, cría y venta responsable, como pilares fundamentales para evitar la superpoblación y en último término, el abandono. El fomento y divulgación del papel beneficioso de los animales en la
sociedad. La educación de los animales. Las inspecciones para el cumplimiento de la Ley.
Las campañas de identificación y esterilización, estableciendo los conciertos necesarios
con los veterinarios clínicos de animales de compañía.
Esta ampliamente demostrado que la convivencia con mascotas dentro del hogar tiene
amplios beneficios desde la simple compañía que ofrecen hasta los de mejora en la educación y el respeto hacia los animales, ahora bien la posesión responsable de mascotas tiene
que llevar aparejada la ausencia de molestias a los demás ciudadanos de nuestro entorno incrementando los niveles de convivencia y el mantenimiento del adecuado ornato de la ciudad procurando que nuestras mascotas no ensucien y si lo hacen, por ser una necesidad fisiológica que nuestra mascota no puede controlar, procediendo a su limpieza inmediata,
tanto de las excretas solidas como líquidas.
Nuestras mascotas, como todo ser vivo, tienen unas necesidades y unos cuidados sanitarios que hay que atender a través de los profesionales veterinarios, como son las vacu-
BOCM-20210312-55
PREÁMBULO
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 60
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
MEJORADA DEL CAMPO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 22 de diciembre de 2020, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza de protección de animales de compañía de Mejorada del Campo.
Acordó, asimismo, someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que tuvo lugar el 13 de enero de 2021, a fin
de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias por los interesados, en su caso, estando el expediente a disposición en la Secretaría General del Ayuntamiento. Todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la vigente de Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local.
En consecuencia, y conforme a lo establecido en los artículos 49 y 70.2 del citado texto legal, se procede a la publicación oficial del texto definitivamente aprobado de la Ordenanza de protección de animales de compañía de Mejorada del Campo.
ANEXO
ORDENANZA DE PROTECCIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
DE MEJORADA DEL CAMPO
En las sociedades actuales de los países más avanzados económica y culturalmente
existe una mayor concienciación ciudadana sobre el respeto a los animales del entorno y a
los animales de compañía en particular, hecho que no podía ser menos en Mejorada del
Campo donde existe una gran sensibilización hacia el respeto la defensa y protección de los
animales.
Dentro de esta mayor concienciación se encuentra la actualización normativa en cuanto a los derechos de los animales, el maltrato y el abandono e incorpora el rechazo de la sociedad al sacrificio de los animales de compañía, estableciendo unos criterios más restrictivos a la hora de aplicarlo quedando prohibido su utilización excepto en algunas
excepciones dictaminadas por profesional Veterinario.
Esta Ordenanza tiene como finalidad lograr el máximo nivel de protección y bienestar
de los animales de compañía, cualesquiera que fueran sus circunstancias o lugar en que se
hallen, para se promoverá: El fomento de la tenencia responsable. La lucha contra el abandono. El fomento de la adopción. La esterilización de los animales y su compra, cría y venta responsable, como pilares fundamentales para evitar la superpoblación y en último término, el abandono. El fomento y divulgación del papel beneficioso de los animales en la
sociedad. La educación de los animales. Las inspecciones para el cumplimiento de la Ley.
Las campañas de identificación y esterilización, estableciendo los conciertos necesarios
con los veterinarios clínicos de animales de compañía.
Esta ampliamente demostrado que la convivencia con mascotas dentro del hogar tiene
amplios beneficios desde la simple compañía que ofrecen hasta los de mejora en la educación y el respeto hacia los animales, ahora bien la posesión responsable de mascotas tiene
que llevar aparejada la ausencia de molestias a los demás ciudadanos de nuestro entorno incrementando los niveles de convivencia y el mantenimiento del adecuado ornato de la ciudad procurando que nuestras mascotas no ensucien y si lo hacen, por ser una necesidad fisiológica que nuestra mascota no puede controlar, procediendo a su limpieza inmediata,
tanto de las excretas solidas como líquidas.
Nuestras mascotas, como todo ser vivo, tienen unas necesidades y unos cuidados sanitarios que hay que atender a través de los profesionales veterinarios, como son las vacu-
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PREÁMBULO