Collado Villalba (BOCM-20210311-38)
Personal. Acuerdo colectivo personal funcionario
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

LICENCIAS Y PERMISOS
RETRIBUIDOS
16. Por cumplimiento de un
deber inexcusable de carácter
público o personal y por
deberes relacionados con la
conciliación de la vida familiar y
laboral
a) Asistencia a juicio
b) Derecho de sufragio, por el
tiempo establecido en la
legislación vigente.
c) Asistencia a sesiones de un
tribunal de exámenes o de
oposiciones con nombramiento
de la autoridad pertinente.
d) Asistencia a sesiones
convocadas por Corporaciones
locales u otros Organismos o
Instituciones de la C. Autónoma
o estado, por su condición de
miembros de la misma.
e) Requerimiento de la Agencia
Tributaria o cualquier otro
órgano de la Administración.
f) Gestión notarial siempre que
se acredite que no es posible su
tramitación fuera del horario
laboral.
g) Renovación de DNI o
Pasaporte siempre que se
acredite que no es posible su
tramitación fuera del horario
laboral.
h) Asistencia a tutorías o
reuniones de apertura del curso
escolar de hijos del trabajador/a
siempre que se acredite que no
es posible su tramitación fuera
del horario laboral.
17. Matrimonio civil o religioso
de familiares de primer o
segundo grado de
consanguinidad, siempre que
coincida el día del enlace con la
jornada laboral del trabajador
18. Por nacimiento de hijos
prematuros o que por cualquier
otra causa deban permanecer
hospitalizados a continuación
del parto

PERÍODOS O DÍAS QUE CORRESPONDEN SEGÚN EMPLAZAMIENTO
GEOGRÁFICO DEL HECHO
Misma localidad
Distinta localidad en la Fuera de la península
en la que reside
que reside el trabajador
o extranjero
el trabajador
El tiempo indispensable

La jornada laboral que corresponda efectuar en esa fecha

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JUSTIFICANTES Y
OBSERVACIONES
Documento acreditativo

Documento acreditativo del
enlace y parentesco

Tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas Justificante médico acreditando
percibiendo las retribuciones íntegras
la situación.
Acreditación del parentesco

* Los supuestos en que el familiar de 1º y 2º grado haya sido intervenido quirúrgicamente sin haber sido hospitalizado, pero tengan prescrito reposo
domiciliario tendrán el mismo tratamiento que el permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de los apartados 4 y 5

A los efectos de la concesión de cualquier permiso de los regulados en este artículo, se asimilará
el matrimonio a las uniones de hecho acreditados legalmente.
A los efectos de la concesión de cualquier permiso de los regulados en este artículo, se asimilará
el matrimonio a las uniones de hecho acreditados legalmente. A los efectos de la concesión de los
permisos contemplados en los apartados 4, 5 y 6 se equiparará el matrimonio y la unión de hecho
con la convivencia en pareja acreditada con al menos 2 años de años de antelación a la fecha del
hecho causante, dicha convivencia se acreditará mediante el certificado de empadronamiento.

En el supuesto de matrimonio del empleado o muerte de familiar, podrán computarse también
dichos días desde el siguiente a la fecha del hecho; y si se trata de nacimiento, adopción o
acogimiento; enfermedad grave o intervención quirúrgica con internamiento de familiares hasta
segundo grado de consanguinidad o afinidad, se podrán contar también dichos días desde el
siguiente a la fecha del hecho que da lugar al permiso o desde su salida de la U.C.I. o incubadora,
si se tratara de un permiso por nacimiento. En el caso de adopción o acogimiento de menores de
seis años, podrán tomarse, a elección del/la empleado/a, bien a partir de la decisión administrativa
o de la resolución judicial.

BOCM-20210311-38

Los días de permiso deberán tomarse consecutivos si corresponde más de un día, pudiendo
disfrutarse desde la fecha del hecho causante o desde el primer día hábil siguiente al de la fecha
del hecho causante y justificarse con la documentación que se establezca en cada caso, salvo en
los apartados 4 y 5 que podrán disfrutarse si la situación personal lo justifica, previa solicitud y
autorización, de forma discontinua.