Collado Villalba (BOCM-20210311-38)
Personal. Acuerdo colectivo personal funcionario
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

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cuidado de un familiar de primer grado, el/la funcionario/a tendrá derecho a solicitar una
reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por
razones de enfermedad muy grave y por un plazo máximo de un mes.
b) Sobre dichas previsiones legales, se incorporan las siguientes:







Reducción de jornada por razón de edad: los/las empleados/as públicos/as municipales mayores
de 61 años podrán solicitar la reducción de la jornada diaria de trabajo hasta la mitad, con la
reducción proporcional de retribuciones. Esta reducción de jornada les será concedida siempre
que las necesidades del servicio lo permitan. La resolución denegatoria será motivada.
- Reducción de jornada de trabajo de los/as empleados/as públicos/as que por razón de
guardia legal tengan a su cuidado directo algún menor de 12 años, anciano/a o disminuido/a
físico o psíquico, que no desempeñe ninguna otra actividad retribuida, que tendrán derecho a
una disminución de su jornada de trabajo, con una reducción proporcional del salario entre, al
menos un octavo y un máximo de la mitad de duración de aquélla.
Reducción de jornada de las empleadas públicas víctimas de violencia de género: los/as
empleados/as públicos/as municipales víctimas de violencia de género, para hacer efectiva
su protección o su derecho de asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de
su jornada sin disminución proporcional de haberes, por el tiempo y en los términos en que
los servicios sociales de atención o de salud, según proceda, determinen su conveniencia.
Las faltas de asistencia de los empleados/as víctimas de violencia de género, totales o
parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que
así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda.

BOCM-20210311-38