Collado Villalba (BOCM-20210311-38)
Personal. Acuerdo colectivo personal funcionario
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 154
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 59
ACUERDO COLECTIVO DEL PERSONAL FUNCIONARIO
DEL AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
PREÁMBULO
Tras un largo proceso de recesión y ante la necesidad de ajustarse a las circunstancias que
sobrevenían, las Administraciones Públicas se vieron obligadas a impartir una serie de medidas de
ajuste que afectaron en gran medida a los empleados públicos. Fruto de las políticas y gracias al
esfuerzo de los ciudadanos y los trabajadores, se está revirtiendo esta situación paulatinamente.
Existiendo un firme compromiso por parte de esta Corporación para restablecer y mejorar las
condiciones laborales desde el momento en que fuera viable, se ha elaborado en el seno de la
negociación colectiva este Acuerdo.
El presente Acuerdo Colectivo tiene por objeto regular las condiciones de trabajo del personal
funcionario en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP).
Ahora bien, la regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario deberá adaptarse
a las premisas contenidas en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.8 del TREBEP, este Acuerdo tiene la
consideración prevista en el citado artículo 38 para los funcionarios incluidos en su ámbito de
aplicación así como la consideración prevista en las demás leyes vigentes en cada momento.
ÁMBITOS DE NEGOCIACIÓN Y MATERIAS A NEGOCIAR
Los ámbitos de negociación serán los siguientes:
–
–
–
–
Ámbito personal
Ámbito territorial
Ámbito funcional
Ámbito temporal
Asimismo y conforme a lo establecido en el artículo 37.1 del TREBEP, serán objeto de negociación
las materias que a continuación se indican, con el alcance que legalmente proceda en cada caso y
con sujeción a los términos concretos de las competencias municipales:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
Organización y dirección del trabajo
Acceso, provisión y sistemas de clasificación de puestos de trabajo
Jornadas, horarios, permisos, vacaciones y licencias de los empleados
Formación
Seguridad y Salud
Condiciones retributivas
Prestaciones Sociales
Condiciones y Garantías Sindicales
Premios y condecoraciones
Régimen Disciplinario
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
El presente Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos sobre
condiciones de trabajo comunes al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Collado Villalba se
concierta entre los representantes de las Secciones Sindicales firmantes y la representación del
Ayuntamiento de conformidad con el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, de
ahora en adelante TREBEP.
El reparto de la representatividad en la parte social de la Mesa General de Negociación de
Funcionarios, es el resultado de aplicar el principio de proporcionalidad en simetría a la importancia
representativa de cada una de las secciones sindicales en los órganos unitarios, conforme al
número de delegados que cada una de ellas disponga.
BOCM-20210311-38
ARTÍCULO 1.- DETERMINACIÓN DE LAS PARTES NEGOCIADORAS
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 154
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 59
ACUERDO COLECTIVO DEL PERSONAL FUNCIONARIO
DEL AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
PREÁMBULO
Tras un largo proceso de recesión y ante la necesidad de ajustarse a las circunstancias que
sobrevenían, las Administraciones Públicas se vieron obligadas a impartir una serie de medidas de
ajuste que afectaron en gran medida a los empleados públicos. Fruto de las políticas y gracias al
esfuerzo de los ciudadanos y los trabajadores, se está revirtiendo esta situación paulatinamente.
Existiendo un firme compromiso por parte de esta Corporación para restablecer y mejorar las
condiciones laborales desde el momento en que fuera viable, se ha elaborado en el seno de la
negociación colectiva este Acuerdo.
El presente Acuerdo Colectivo tiene por objeto regular las condiciones de trabajo del personal
funcionario en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP).
Ahora bien, la regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario deberá adaptarse
a las premisas contenidas en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.8 del TREBEP, este Acuerdo tiene la
consideración prevista en el citado artículo 38 para los funcionarios incluidos en su ámbito de
aplicación así como la consideración prevista en las demás leyes vigentes en cada momento.
ÁMBITOS DE NEGOCIACIÓN Y MATERIAS A NEGOCIAR
Los ámbitos de negociación serán los siguientes:
–
–
–
–
Ámbito personal
Ámbito territorial
Ámbito funcional
Ámbito temporal
Asimismo y conforme a lo establecido en el artículo 37.1 del TREBEP, serán objeto de negociación
las materias que a continuación se indican, con el alcance que legalmente proceda en cada caso y
con sujeción a los términos concretos de las competencias municipales:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
Organización y dirección del trabajo
Acceso, provisión y sistemas de clasificación de puestos de trabajo
Jornadas, horarios, permisos, vacaciones y licencias de los empleados
Formación
Seguridad y Salud
Condiciones retributivas
Prestaciones Sociales
Condiciones y Garantías Sindicales
Premios y condecoraciones
Régimen Disciplinario
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
El presente Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos sobre
condiciones de trabajo comunes al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Collado Villalba se
concierta entre los representantes de las Secciones Sindicales firmantes y la representación del
Ayuntamiento de conformidad con el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, de
ahora en adelante TREBEP.
El reparto de la representatividad en la parte social de la Mesa General de Negociación de
Funcionarios, es el resultado de aplicar el principio de proporcionalidad en simetría a la importancia
representativa de cada una de las secciones sindicales en los órganos unitarios, conforme al
número de delegados que cada una de ellas disponga.
BOCM-20210311-38
ARTÍCULO 1.- DETERMINACIÓN DE LAS PARTES NEGOCIADORAS