Montejo de la Sierra (BOCM-20210311-52)
Organización y funcionamiento. Ordenanza recogida residuos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Todas las disposiciones del mismo o inferior rango que regulen materias contenidas en
la presente Ordenanza en cuanto se opongan o contradigan al contenido de la misma.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera. Entrada en vigor.—Esta Ordenanza entrará en vigor tras
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID) y una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
Disposición final segunda. Competencia.—La Alcaldía-Presidencia, en el ejercicio
de sus competencias podrá interpretar, aclarar y desarrollar los artículos de la presente Ordenanza.
ANEXO I

Vidrio:
— Botes y botellas de vidrio de cualquier color.
— Tarros de cosmética y perfumería.
— Frascos de conservas.
— Artículos de vidrio, excepto espejos y vidrio plano.
Papel y cartón (no manchado y sin plásticos y metales):
— Revista y periódicos.
— Libros, cuadernos, libretas, folios, carpetas, cartulinas.
— Cajas de cartón.
— Bolsas de papel.
— Hueveras de cartón.
Envases ligeros:
— Latas de conservas de acero o aluminio.
— Latas de bebidas de acero o de aluminio.
— Bandejas y envoltorios de aluminio.
— Tapas, tapones, chapas.
— Bricks de leche, batidos, zumos, cremas, etc.
— Botellas de plástico de aguas, aceite, yogur, zumos.
— Envases de plástico, metálicos, de productos lácteos, tales como yogures, mantequilla, queso, etc.
— Hueveras de plástico.
— Botes de plástico de productos de higiene personal, tales como cremas, gel de
baño, pasta de dientes.
— Botes de plástico de productos de limpieza doméstica, tales como detergentes, lejía, suavizantes.
— Bolsas de plástico.
— Bandejas de plástico y film plástico de envasado de alimentos.
Residuos sanitarios asimilables a domésticos no punzantes, ni cortantes y no peligrosos (no infecciosos, ni radioactivos):
— Material de curas no infectado.
— Guantes y otros desechables quirúrgicos.
— Yesos.
— Textil fungible.
— Ropa desechable.
— Pañales.
— Sondas.
— Bolsas de sangre vacías.

BOCM-20210311-52

LISTA ILUSTRATIVA DE LOS RESIDUOS A DEPOSITAR
EN CADA UNO DE LOS CONTENEDORES