D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20210311-24)
Convenio –  Convenio de 4 de marzo de 2021, entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y la Comunidad de Madrid, en materia estadística
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 59

3) El art. 10.4.c) del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección
de datos de carácter personal, en tanto no se contradiga, se oponga, o resulte incompatible
con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018 ya citada.
4) Los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas aprobados mediante sus respectivas leyes orgánicas, quienes les otorgan competencia exclusiva sobre la estadística para los fines que le son propios. Igualmente, las leyes de Estadística aprobadas por
las Comunidades Autónomas donde se regula la actividad y competencia en materia de estadística de la Comunidad. Los trabajos y estudios estadísticos para los que se requiere y se
va a hacer uso de los datos objeto de cesión se encuentran incluidos en las operaciones estadísticas de Demografía, Colectivo y Dinámica empresarial, Mortalidad y Esperanza de
vida de las empresas, Dinámica de la ocupación, Trabajadores afiliados a la Seguridad
Social, Empleo y paro sobre activos potenciales, Estadística de Autónomos y Estadística
del Pluriempleo, que se dispone en los planes de trabajo de la Dirección General de Estadística integrados en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, para
cuya realización resulta imprescindible la información contenida en los ficheros y bases de
datos en materia de inscripción de empresas, afiliación, cotización y recaudación, competencia de la TGSS.
5) Se trata de una cesión de información y de una colaboración cuyo amparo se encuentra en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece en su artículo 3.1k) que los principios que deben presidir las relaciones entre las Administraciones Públicas son los de cooperación, colaboración y coordinación.
6) Asimismo, y de acuerdo con la letra c) del artículo 141.1 de la Ley 40/2015, en
aplicación del deber de colaboración de las Administraciones Públicas se desprende la obligación de “facilitar a las otras Administraciones la información que precisen sobre la actividad que desarrollen en el ejercicio de sus propias competencias”.
7) En el mismo texto legal, en el artículo 155, apartado 2 (modificado por el Real Decreto-Ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones
de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y
telecomunicaciones) se señala que:
“2. En ningún caso podrá procederse a un tratamiento ulterior de los datos para fines
incompatibles con el fin para el cual se recogieron inicialmente los datos personales. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.1.b) del Reglamento (UE) 2016/679,
no se considerará incompatible con los fines iniciales el tratamiento ulterior de los
datos personales con fines de archivo en interés público, fines de investigación
científica e histórica o fines estadísticos”.
III. Finalidad

CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco estable de colaboración en
relación con el contenido, las condiciones y los procedimientos por los que se debe regir el

BOCM-20210311-24

Los representantes de ambas partes consideran necesario para el cumplimiento de sus
respectivos fines el establecer un sistema estable y periódico de intercambio de información
para el aprovechamiento con fines estadísticos, de la información contenida en los ficheros
y bases de datos en materia de inscripción de empresas, afiliación, cotización y recaudación, competencia de la TGSS.
En relación con el soporte para llevar a cabo el suministro de datos, se estará a lo establecido en el artículo 44 de la LRJSP, relativo al intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicaciones establecidos entre Administraciones Públicas, garantizándose, en todo caso, la seguridad del entorno cerrado y la protección de los datos que se
trasmitan.
En consecuencia, dentro del espíritu de mutua colaboración para el cumplimiento de
los fines públicos, los representantes de las partes acuerdan suscribir el presente Convenio
de acuerdo con las siguientes