Madrid (BOCM-20210311-31)
Otros anuncios. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Declaración zona peatonal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 59

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

DISPONGO
Primero.—Declarar con carácter permanente como “espacio de especial protección
para el peatón” la siguiente vía del distrito de Retiro:
1. Calle Ángel Ganivet, entre calle Juan de Urbieta y calle Walia.
2. Calle Averroes, entre calle Viera y Clavijo y calle Ángel Ganivet.
3. Calle Homero, entre calle Viera y Clavijo y calle Ángel Ganivet.

BOCM-20210311-31

Decreto de 24 de febrero de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se declara el ámbito territorial del entorno de la calle Ángel
Ganivet, en el distrito de Retiro, como espacio de especial protección para el peatón.
Conforme al artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante, Ley de Tráfico), corresponde a los municipios la regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la
equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez
del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles.
El artículo 38 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de
Madrid (en adelante, LCREM), dispone que el Ayuntamiento de Madrid, en los términos
de dicha Ley y de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad
vial, ejerce las competencias que tiene atribuidas en materia de tráfico, circulación y seguridad vial sobre las vías urbanas, así como sobre cualquier espacio abierto a la libre circulación de personas, animales y vehículos.
Por otra parte, el artículo 39 de la LCREM establece que el Ayuntamiento de Madrid regulará los distintos usos de las vías y espacios urbanos de tránsito y circulación de personas,
animales y vehículos, con la finalidad de armonizar los distintos usos, incluido el peatonal y
hacerlos compatibles de forma equilibrada con, entre otros, la movilidad, la protección del
medio ambiente y de la integridad de los espacios públicos y privados.
En este marco jurídico, la Ordenanza de Movilidad Sostenible, aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 5 de octubre de 2018 (en adelante, OMS), en su artículo 136 establece que
las “zonas peatonales” son espacios preferentes para el tránsito y la estancia peatonal, quedando prohibidos con carácter general el acceso, circulación y estacionamiento de vehículos.
Por otro lado, el artículo 137 de la OMS dispone que mediante acuerdo del órgano competente se podrán declarar, con carácter temporal o permanente, determinadas calles y espacios públicos como “espacios de especial protección para el peatón”.
Así, con arreglo a lo previsto en el citado artículo 137, y de acuerdo con lo señalado
en la correspondiente Memoria Justificativa de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, la calle Ángel Ganivet, entre calle Juan de Urbieta y calle Walia; la calle Averroes, entre calle Viera y Clavijo y calle Ángel Ganivet; y la calle Homero,
entre calle Viera y Clavijo y calle Ángel Ganivet, deben ser declaradas como espacio de especial protección para el peatón.
De igual manera, el artículo 138.1 de la OMS establece los supuestos para los que excepcionalmente y previa solicitud se podrá autorizar el acceso, circulación y estacionamiento de vehículos en zonas peatonales en los casos en que quede debidamente justificada la
necesidad de realizarlo, entre ellos, para efectuar labores de carga y descarga.
Con base en lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de la Movilidad y en uso de las competencias atribuidas en el apartado 3.o.2.2
del Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,