C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210310-15)
Selección institutos bilingües –  Orden 561/2021, de 5 de marzo, del Consejero de Educación y Juventud, para la selección de dos institutos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa “Secciones Lingüísticas en Lengua Francesa”, en el curso 2021-2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 58

DISPONGO
Primero
Objeto
Constituye el objeto de la presente Orden seleccionar dos institutos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa “Secciones Lingüísticas
en Lengua Francesa”, en el curso 2021-2022.
Segundo
Finalidad y objetivos del programa
La enseñanza bilingüe tiene como finalidades mejorar el aprendizaje de las lenguas extranjeras, promover el plurilingüismo y el conocimiento de culturas distintas, fomentar actitudes de tolerancia y respeto, así como reforzar el sentido de identidad europea. También
pretende mejorar la competencia lingüística y didáctica, tanto del profesorado de lenguas extranjeras como del profesorado de materias no lingüísticas que colaboren con este programa.
Tercero
1. El Programa “Secciones Lingüísticas en Lengua Francesa” se organizará según el
currículo vigente en la Comunidad de Madrid para la Educación Secundaria Obligatoria y
deberá iniciarse en el primer curso durante el año académico 2021-2022, extendiéndose
progresivamente al resto de los cursos de la etapa.
2. La lengua extranjera objeto del programa tiene que ser cursada por los alumnos
como primera lengua extranjera.
3. En caso de que el Programa de “Secciones Lingüísticas” conviva en un mismo instituto de Educación Secundaria con el Programa Bilingüe español-inglés, deberá tenerse en
cuenta la Disposición adicional tercera. Simultaneidad de institutos bilingües español-inglés con secciones lingüísticas de francés o alemán, de la Orden 972/2017, de 7 de abril, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid, la cual establece que la materia Primera
Lengua Extranjera: Inglés se impartirá los cinco días de la semana a razón de una hora diaria. En este caso, los alumnos acogidos al Programa de “Secciones Lingüísticas en Lengua
Francesa” deberán cursar la asignatura Primera Lengua Extranjera: Inglés como segunda
lengua extranjera, y se impartirá en un número de periodos semanales idéntico al indicado
para la primera lengua extranjera en el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación
Secundaria Obligatoria.
4. Organización y horario:
a. Se deberán impartir en francés una o dos materias de la Educación Secundaria
Obligatoria, dependiendo de la disponibilidad del profesorado, siguiendo el
currículo oficial de la Comunidad de Madrid, sin modificación horaria. Solo podrán ser impartidas en francés las materias que correspondan a las especialidades
susceptibles de obtener la habilitación lingüística en lengua francesa para desempeñar puestos bilingües en la Comunidad de Madrid, que son las siguientes: Geografía e Historia, Biología y Geología, Física y Química, Dibujo, Música, Educación Física, Tecnología y Filosofía.
b. El propio centro determinará qué materia o materias se impartirán en francés, dependiendo de la disponibilidad del profesorado. Al menos una de las materias elegidas para ser impartidas en lengua francesa deberá ser una de las siguientes: Biología y Geología, Física y Química y Geografía e Historia.
c. En ningún caso podrán ser impartidas en lengua francesa las materias Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura.
d. El nivel inicial de conocimiento de la lengua francesa en cada grupo determinará
las adaptaciones correspondientes, así como la flexibilidad necesaria en la implantación del programa. Los profesores que participen en él, en colaboración con el
Jefe de Estudios Adjunto de la Sección Lingüística, elaborarán las correspondientes programaciones de aula, adaptando las programaciones didácticas a las enseñanzas propias del programa y elaborando los materiales didácticos necesarios, en

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Características y organización del programa