D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20210310-20)
Convenio – Convenio de 2 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y el Club Excelencia en Gestión Vía Innovación para impulsar y premiar a la calidad en la Administración de la Comunidad de Madrid
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 58
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
Pág. 107
La resolución del convenio se ajustará a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Décima
Confidencialidad
Las partes se comprometen a mantener en la más estricta reserva toda la información
de carácter confidencial que les sea facilitada, la cual no será revelada a terceros ni será utilizada salvo para el propio desarrollo y ejecución del presente convenio, de modo que no
serán revelados a terceros ni utilizados de modo alguno, salvo para los fines que se detallan
en este convenio.
Undécima
Protección de datos personales
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de
Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
Los firmantes prestan su consentimiento, además, para la cesión de los datos asociados a la firma al Registro de Convenios y al Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como para expedir copias del convenio.
Duodécima
Naturaleza jurídica y ámbito jurisdiccional
BOCM-20210310-20
Este convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.2.c)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y se regirá por
las estipulaciones contenidas en esta Ley.
Las discrepancias que pudieran surgir en torno a la interpretación, modificación, resolución y efectos de la aplicación del presente convenio se resolverán en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en el mismo y en su defecto por la jurisdicción contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes a un solo efecto y en el lugar y
fecha indicados.
Madrid, a 2 de marzo de 2021.—Por la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno), Francisco Lara Casanova.—
Por Club Excelencia en Gestión Vía Innovación, Ignacio Babé Romero.
(03/8.002/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 58
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
Pág. 107
La resolución del convenio se ajustará a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Décima
Confidencialidad
Las partes se comprometen a mantener en la más estricta reserva toda la información
de carácter confidencial que les sea facilitada, la cual no será revelada a terceros ni será utilizada salvo para el propio desarrollo y ejecución del presente convenio, de modo que no
serán revelados a terceros ni utilizados de modo alguno, salvo para los fines que se detallan
en este convenio.
Undécima
Protección de datos personales
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de
Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
Los firmantes prestan su consentimiento, además, para la cesión de los datos asociados a la firma al Registro de Convenios y al Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como para expedir copias del convenio.
Duodécima
Naturaleza jurídica y ámbito jurisdiccional
BOCM-20210310-20
Este convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.2.c)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y se regirá por
las estipulaciones contenidas en esta Ley.
Las discrepancias que pudieran surgir en torno a la interpretación, modificación, resolución y efectos de la aplicación del presente convenio se resolverán en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en el mismo y en su defecto por la jurisdicción contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes a un solo efecto y en el lugar y
fecha indicados.
Madrid, a 2 de marzo de 2021.—Por la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno), Francisco Lara Casanova.—
Por Club Excelencia en Gestión Vía Innovación, Ignacio Babé Romero.
(03/8.002/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791