San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210309-69)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 57

Hoteles y Residencias, se permitió. Uso que hasta ahora no estaba contemplado en esta
ordenanza.
– En Establecimientos públicos, se añadieron: discotecas, salas de baile, bares, cafeterías y
restaurantes, y se suprimió la restricción de permitirse sólo cantinas y comedores al servicio de
la industria, y restaurantes en el grado 1º.
– Equipamiento Sanitario, se permitió. Uso que hasta ahora no estaba contemplado en esta
ordenanza.


3.- OBJETO Y NATURALEZA
El objeto de este documento es modificar los usos compatibles terciarios y de equipamientos de la
Ordenanza OR-11. Industrial, adecuándolos a las necesidades demandadas en el funcionamiento
del ámbito industrial. Esta modificación no afecta a otras determinaciones establecidas en esta
ordenanza. No implica ni aumento de edificabilidad ni reducción de redes públicas.
Conforme a lo establecido en la Sección IV. MODIFICACIÓN Y REVISIÓN DE LOS PLANES,
Artículo 67. Disposiciones comunes a cualquier alteración de los Planes de Ordenación
Urbanística, de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid;
"Cualquier alteración de las determinaciones de los Planes de Ordenación Urbanística deberá
ser establecida por la misma clase de Plan y observando el mismo procedimiento seguido para
su aprobación."
4.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y NORMATIVA URBANÍSTICA
La normativa urbanística vigente es la recogida en la modificación de la Ordenanza OR-II. Industria en
relación a los usos compatibles, aprobada por la Comisión de Urbanismo el 24 de abril de 2007.
La presente Modificación afecta al apartado de usos compatibles terciario y de equipamiento de la
Ordenanza OR-II. Industrial, de las Normas Subsidiarias de San Martín de Valdeiglesias.
Se adjunta la página vigente correspondiente a los usos compatibles de la Ordenanza OR-11.
Industrial.
5.- PROPUESTA Y JUSTIFICACIÓN
Esta modificación pretende flexibilizar la ubicación de los usos compatibles sin perder el carácter
productivo del ámbito. Consiste en adecuar estos usos compatibles al funcionamiento actual de las
actividades productiva económicas.
Los usos compatibles que permite la normativa vigente son:
usos terciarios como; comercial, oficinas, hoteles, residencias y establecimientos públicos; usos
de equipamiento como; los socioculturales y sanitarios.
– Esta modificación consiste en ampliar, de los usos compatibles ya permitidos, el uso comercial,
el de oficinas y el equipamiento sanitario, así como introducir dentro de los equipamientos
permitidos el asistencial.
Respecto al uso comercial. En el texto vigente, el establecimiento de usos comerciales está limitado
a una superficie de 40 m2 para venta de artículos de producción propia, excepto en un área,
limitada en el Plano. Detalle de Usos Pormenorizados, en el que se permite el uso comercial en
edificio completo y con los condicionantes de la ordenanza OR-16. Ordenanza Comercial, y
ampliar, al resto del ámbito del polígono industrial, la posibilidad de instalar usos comerciales en
cualquier planta, pero sin superar el 50 % de la edificabilidad permitida.

BOCM-20210309-69