San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210309-69)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021

Pág. 245

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO
DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS PARA EL CAMBIO DE CALIFICACIÓN
DE DOS PARCELAS DE SUELO URBANO EN LOS TERRENOS DENOMINADOS
DE LA VENTA DE LA ALEGRÍA
1.- INTRODUCCIÓN
El propósito de esta Memoria y de la documentación que le acompaña es el cambio de calificación
pormenorizada de dos parcelas urbanas en las NNSS de planeamiento de San Martín de
Valdeiglesias, que pasan de la ordenanza 12: áreas existentes, ámbito 4º: El Garbanzal a la
ordenanza 13: equipamientos.
Para la redacción de esta Modificación Puntual se han tenido en cuenta las disposiciones legales
previstas en los artículos de la SECCIÓN e, relativos a la modificación de Planeamiento, de la
Ley 9/2001, de 17 de julio , del Suelo de la Comunidad de Madrid; el Capítulo l l del Título VI de
las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Martín de Valdeiglesias (Madrid),
aprobadas definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobiemo de fecha 25 de mayo de 1999 y
publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 6 de Julio de 1999.
Esta Modificación Puntual ha sido elaborada por la Oficina Técnica de la Mancomunidad de Servicios
Urbanísticos de la Sierra del Alberche, Plaza Real 2, 28680, San Martín de Valdeiglesias, Madrid.
2.- ANTECEDENTES
Las NNSS de Planeamiento de San Martín de Valdeiglesias fueron aprobadas definitivamente por
acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 25 de mayo de 1999.
Las parcelas que se cambian de ordenanza, se encuentra actualmente clasificadas como ordenanza
12: áreas existentes, ámbito 4º: El Garbanzal. Corresponde este ámbito de la ordenanza con la
antigua UE-13 de las anteriores NNSS (1985).
3.- OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN
3.1.- ÁMBITO DE LA MODFICACIÓN
El ámbito al que se cambia de ordenanza, son las denominadas por catastro parcelas 07 y 08 de la
manzana 10883 (Anexo I y II) incluidas actualmente dentro de la ordenanza 12 y situadas en los
terrenos que se denominan "Venta de la alegría". Las citadas parcelas limitan:
Al norte: con terrenos de la plaza incluidos en la ordenanza 13 equipamientos
Al Sur: con la c. Garbanzal
Al Oeste: con la c. Garbanzal
Al Este: con parcelas residenciales incluidas en la ordenanza 12, ámbito 40.
Las dos parcelas son suelo urbano según viene recogido en las NNSS. La titularidad de las mismas
es pública y corresponde al Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias.

El casco urbano de San Martín de Valdeiglesias es un casco antiguo de trazado irregular, con unas
dimensiones de calle muy reducidas, y que se encuentran muy limitadas para la disposición de
plazas de aparcamiento. Además, por las propias características geotécnicas de los terrenos (la roca
de granito se encuentra en estratos muy superficiales) en muchos casos no es posible el realizar
sótanos para aparcamientos.

BOCM-20210309-69

3.2.- JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN