San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210309-69)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021

Pág. 239

c) La ordenanza de aplicación, OR-8 'Vivienda Unifamiliar Aislada, Pantano de San
Juan" se deberá revisar, ya que las condiciones de la edificación del uso compatible no
pueden desvirtuar las condiciones de la edificación de la ordenanza de aplicación,
(ocupación de un 40% frente al 12% permitido en la ordenanza general; retranqueos
de la edificación como mínimo 5 m frente a los 15 m de retranqueo posterior en el
grado 3º de la ordenanza general; altura máxima dos plantas, no sobrepasando los 8,00
m a altura de cornisa frente a la altura máxima total de la edificación de 4,5 m
permitida en el grado 3º de la ordenanza general).
d) Se grafiará en los planos todas las zonas "Cívico-Comercial" que se estimen
oportunas, eliminando tanto en el documento de las Normas Urbanísticas como en la
leyenda de los planos, el Grado 2 Hotelero.
Por lo expuesto, esta Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en uso de las
competencias que tiene atribuidas, por la Disposición Adicional Primera del Decreto 69/1983, de
30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y
Urbanismo entre los órganos de la Comunidad de Madrid,
HA RESUELTO:
Devolver al Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias el expediente relativo a la Modificación
Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, en la Ordenanza Residencial nº 8
Vivienda Unifamiliar Aislada, Pantano de San Juan, Costa de Madrid, que afectac9J3Tpaçcela,n0 .156,
sita en la C/ Bergantín nº 10, para que, según establece el artículo 132.2 del Reglamento del Planeamiento,
se proceda a cumplimentar el requerimiento en los términos expuestos en el cuerpo de la presente Orden.
Se hace constar expresamente que a los efectos del artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y según lo dispuesto en el artículo 63.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el art. 133.2 del Reglamento de
Planeamiento, los plazos para la resolución del expediente sólo comenzarán a computarse cuando
el expediente se presente completo.
Los
Planos
y
las
fichas
www.sanmartindevaldeiglesias.es

pueden

consultarse

en

nuestra

pagina

web

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 11 ORDENANZA OR-1 CASCO ANTIGUO
Por Resolución del 27 de diciembre de 2004, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 40 de 17 de febrero de 2005, la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio dispuso:
“Primero.—Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal de San Martín de Valdeiglesias, relativa a la Ordenanza OR-1 “Casco
Antiguo” […]

A los efectos de dar cumplimiento al procedimiento de efectos, publicación y vigencia de los
planes generales en concordancia con lo establecido en el artículo 66.1 de la referida Ley 9/2001,
en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, se hace público para su general conocimiento el texto que se modifica en las
Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de San Martín de Valdeiglesias.

BOCM-20210309-69

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.”