Cervera de Buitrago (BOCM-20210309-40)
Régimen económico. Ordenanza precios públicos Área Náutica
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 57

MARTES 9 DE MARZO DE 2021

Pág. 163

32.3. Bono de 10 entradas pluripersonal
Bono pluripersonal no personalizado y transferible, para diez entradas durante 4 meses a contar
desde el día de la primera entrada.

Bono de 10 entradas

PRECIO CON IVA

VALIDEZ

25 €

4 meses

32.4. Bono anual con material
Bono personalizado e intransferible que da derecho a acceder al ANCB con un artefacto flotante
durante un año natural. Este bono es válido desde el día de su adquisición hasta final del año en
curso. La modalidad familiar incluye al titular, pareja e hijos o nietos menores de 22 años.

Individual
Familiar

PRECIO CON IVA

VALIDEZ

50 €

año natural

100 €

año natural

32.5. Uso anual de plazas de varada para vela ligera o espacios para artefactos flotantes, y
entrada anual
PRECIO CON IVA
Plaza de varada

550 €

Espacio cubierto

300 €

Espacio descubierto

150 €

PERIODICIDAD
anual

El precio se multiplicará por 1,5 en caso de que una embarcación o un artefacto flotante ocupe, por
sus dimensiones, parte de otra plaza de varada o espacio.
El uso anual de una plaza de varada o de un espacio da derecho, durante dicho periodo, a la
entrada a las instalaciones de su titular, pareja e hijos o nietos menores de 22 años.
El titular de una plaza de varada tendrá además el derecho a la entrada de un invitado siempre que
acceda al ANCB acompañado del titular.
Para el acceso se entregará un carné u otro documento equivalente que acredite el derecho y
donde aparecerán los nombres de los beneficiarios, los cuales deberán ser comunicados al
Ayuntamiento.
32.6. Uso inferior a un año de plazas de varada para vela ligera o espacios cubiertos para
artefactos flotantes, y entrada
Se establece una bonificación de 50% para temporada baja y un uso mínimo de un mes.
PRECIO MENSUAL CON IVA, TEMP. BAJA:
9/1-13/6/20 Y 11/9-12/12/20

PRECIO MENSUAL CON IVA, TEMP.
ALTA: 15/6-5/9/20

Plaza de varada

65 €

130 €

Espacio cubierto

35 €

70 €

El precio se multiplicará por 1,5 en caso de que una embarcación o un artefacto flotante ocupe, por
sus dimensiones, parte de otra plaza de varada o espacio.
Los derechos de entrada y de uso de las instalaciones son los mismos que para el uso anual (ver
artículo 32.5.).

BOCM-20210309-40

Cervera de Buitrago, a 3 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Isidro Parra Acevedo.
(03/6.348/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791