Pinilla del Valle (BOCM-20210308-46)
Organización y funcionamiento. Ordenanza estacionamiento autocaravanas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MARZO DE 2021

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b) El deterioro en el mobiliario urbano.
c) El estacionamiento de la autocaravana, caravana y furgoneta vivienda en cualquier lugar del término municipal que no sea la zona estacionamiento de “La
Dehesa”, en la zona reservada al efecto.
Art. 11. Sanciones.—1. Las sanciones de las infracciones tipificadas en este artículo son las siguientes:
a) Las infracciones leves se sancionarán con multas de hasta 50,00 euros.
b) Las infracciones graves se sancionarán con multas de hasta 200,00 euros y/o expulsión del Área de servicio, en su caso.
c) Las infracciones muy graves se sancionarán con multas de hasta 500,00 euros y/o
expulsión del Área de servicio, en su caso.
2. Las sanciones serán graduadas, en especial, en atención a los siguientes criterios:
a) La existencia de intencionalidad o reiteración.
b) La naturaleza de los perjuicios causados.
c) La reincidencia, por cometer más de una infracción de la misma naturaleza.
d) La obstaculización del tráfico o circulación de vehículos y personas.
3. En la fijación de las sanciones de multa se tendrá en cuenta que, en cualquier caso,
la comisión de la infracción no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Queda excluidos del ámbito de aplicación de esta ordenanza los catalogados como
campamentos de turismo y camping por la Consejería de turismo.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del acuerdo de su aprobación definitiva y del

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texto íntegro de la misma».
Contra el presente Acuerdo, y en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Pinilla del Valle, a 18 de febrero de 2020.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar
Fernández García.
(03/6.755/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791