San Sebastián de los Reyes (BOCM-20210305-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

VIERNES 5 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 54

8. Calificación definitiva de la fase de concurso
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los
puntos obtenidos por aplicación de lo previsto en el Baremo de las presentes Bases.
Superarán el concurso quienes obtengan, una vez sumados todos los puntos de la fase
del concurso, las calificaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de plazas convocadas sin que, por tanto, se pueda considerar que han superado el concurso, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, las personas aspirantes que hubieran superado la fase de concurso si no figuran incluidas en la relación propuesta por el Tribunal.
El orden de colocación de las personas aspirantes se establecerá de mayor a menor
puntuación. En caso de empate, este se dirimirá por la persona aspirante que haya sacado
mejor puntuación en el apartado c) del concurso. De persistir el empate, éste se solventará
por la persona del sexo que se encuentre infrarrepresentada en la categoría a la que se accede. Si aun así persistiera el empate, éste se resolverá por el orden alfabético del primer
apellido de las personas aspirantes empatadas, estableciéndose este orden por la letra que
determine el sorteo anual realizado por la Secretaría General de Administraciones Públicas.
9. Relación de personas aprobadas
9.1. Publicación de la lista.—Terminada la calificación de las personas aspirantes, el
Tribunal Calificador elevará la relación de personas aprobadas de la fase de concurso por orden de puntuación a la Concejalía Delegada de Recursos Humanos y publicará dicha relación
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal (www.ssreyes.org).
En ningún caso la relación de aprobados/as podrá contener un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/las aspirantes seleccionados/as antes de su nombramiento como funcionarios/as en prácticas, o cuando de la documentación aportada por las personas aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, el órgano convocante podrá
requerir del Tribunal relación complementaria de quienes habiendo superado la fase de concurso, sigan a los/as propuestos para su posible nombramiento como funcionaros/as en prácticas.
10. Documentos exigibles
10.1. Documentos exigibles.—Las personas aprobadas aportarán los documentos
acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases.
1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (acompañado de su original). El
documento debe estar vigente.
2. Fotocopia del Título al que se hace referencia en el apartado e) de la base 2.1, o
justificante de haber abonado los derechos para su expedición (que deberá presentarse acompañada de su original). Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá aportar la credencial que acredite su homologación.
3. Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública,
mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en la Dirección General
de Recursos Humanos.
4. Certificación expedida por el Registro Central de Penados de carecer de antecedentes penales. Este certificado deberá estar expedido dentro de los treinta días anteriores al día en que finalice el plazo de presentación de documentos.
5. Fotocopia del permiso de conducir de la clase B o equivalente (que deberá presentarse acompañada de su original).
6. Declaración jurada en la que figure expresamente el compromiso de portar armas
y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley, según modelo que figura como
Anexo II.
7. Nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera de la categoría de Policía Local de otros municipios de la Comunidad de Madrid.
8. Certificación administrativa expedida por la Administración Local correspondiente de los servicios prestados a efectos de acreditar los requisitos exigidos en
la Base 2.1 apartados a), c) y, en su caso, d).
9. Todos los méritos valorados en la Fase de Concurso deberán justificarse aportando los originales de los documentos presentados junto con las instancias, a fin de

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