D) Anuncios - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20210305-34)
Convenio –  Adenda de 30 de diciembre de 2020, al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la renovación de la utilización de los títulos de abono transportes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid en los desplazamientos entre ambas comunidades, por la que se prorroga la vigencia del mismo y se adapta a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MARZO DE 2021

Pág. 241

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
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ADENDA de 30 de diciembre de 2020, al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la
renovación de la utilización de los títulos de abono transportes del Consorcio
Regional de Transportes de Madrid en los desplazamientos entre ambas comunidades, por la que se prorroga la vigencia del mismo y se adapta a lo previsto
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, a 30 de diciembre de 2020.
REUNIDOS

Por parte de la Comunidad de Madrid, la Presidenta, doña Isabel Díaz Ayuso, cargo
para el que fue nombrada por Real Decreto 495/2019, de 16 de agosto, habilitada para este
acto por el artículo 7.b) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.1 del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Presidente don Emiliano García-Page Sánchez, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 418/2019, de 4 de
julio, y habilitado para este acto por el artículo 5.b) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre,
del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

I. El 8 julio de 2016, se suscribió entre las Comunidades Autónomas intervinientes el
convenio para la renovación de la utilización de los títulos de abono transportes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid en los desplazamientos entre ambas Comunidades.
Dicho convenio, según lo previsto en el mismo, tuvo vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2019 y, el 19 de diciembre de ese año, fue prorrogado de forma expresa por el
período de un año más, hasta el 31 de diciembre de 2020.
II. La Comisión de Seguimiento del referido convenio, en la reunión celebrada el 22 de
julio de 2020, ha estimado conveniente prorrogar nuevamente el convenio actual ante la imposibilidad de disponer de un nuevo texto con vigencia a partir del 1 de enero de 2021.
III. Sin perjuicio de lo manifestado en los párrafos precedentes, en cumplimiento de lo
establecido en la disposición adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, todos los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública o cualquiera de sus organismos o entidades vinculados o dependientes deberán
adaptarse a lo previsto en el artículo 49 del texto legal en el plazo de tres años a contar desde
la entrada en vigor de esta Ley.
No obstante, como avalan los Servicios Jurídicos consultados, el deber de adaptación
de los convenios de duración determinada se extiende más allá del vencimiento del plazo
de tres años previsto en la citada disposición adicional 8.a.1, párrafo primero.
Por lo anterior, juntamente con la formalización expresa del acuerdo para la prórroga
del convenio por otro año más, conforme a la posibilidad contemplada en la Estipulación
Decimotercera, resulta oportuno efectuar la adaptación prevista normativamente, lo que se
verifica por medio de la presente adenda que las partes suscriben en este acto con arreglo a
las siguientes

BOCM-20210305-34

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