Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Mancomunidades. Ayudas. (2025062816)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2025.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 148
Viernes 1 de agosto de 2025
43286
f) En los demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención.
2. Q
ueda de cuenta de la mancomunidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria
para la total ejecución de la actividad subvencionada, procediendo el reintegro parcial de
la subvención concedida, únicamente, por el importe que rebase el coste total de dicha
actividad.
En el cómputo del importe de la actividad ejecutada para gastos corrientes o inversiones
no se admitirá la compensación de ambas partidas.
3. En el caso de que el importe de la ayuda concedida en virtud del Decreto del Presidente
39/2021, de 16 de julio, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superase el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso
obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada, así como la exigencia del interés de
demora correspondiente.
4. L
as cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público.
5. El procedimiento para declarar la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y,
en su caso, la obligación de reintegrar las cantidades percibidas será el establecido en los
artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el artículo 19 del Decreto
del Presidente 39/2021, de 16 de julio.
Decimocuarto. Financiación.
1. El importe total del presupuesto con destino al Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales que en este ejercicio asciende a dos millones quinientos noventa mil
trescientos treinta y dos euros (2.590.332,00 €) se distribuirá entre las solicitudes presentadas y conforme a los criterios previstos en el resuelvo sexto de la presente resolución.
Este importe se distribuye en gastos corrientes con cargo a la aplicación presupuestaria
220060000/115B/46000 y programa de financiación 20080173 por cuantía de dos millones
doscientos noventa mil trescientos treinta y dos euros (2.290.332,00 €), e inversiones, con
cargo a la aplicación presupuestaria 220060000/115B/76000 y programa de financiación
20080173, por cuantía de trescientos mil euros (300.000,00 €) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados durante
el ejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su caso, la aprobación y entrada
en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2025”.
2. El importe consignado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024 con destino a subvencionar el Fondo de Cooperación de
Viernes 1 de agosto de 2025
43286
f) En los demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención.
2. Q
ueda de cuenta de la mancomunidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria
para la total ejecución de la actividad subvencionada, procediendo el reintegro parcial de
la subvención concedida, únicamente, por el importe que rebase el coste total de dicha
actividad.
En el cómputo del importe de la actividad ejecutada para gastos corrientes o inversiones
no se admitirá la compensación de ambas partidas.
3. En el caso de que el importe de la ayuda concedida en virtud del Decreto del Presidente
39/2021, de 16 de julio, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superase el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso
obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada, así como la exigencia del interés de
demora correspondiente.
4. L
as cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público.
5. El procedimiento para declarar la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y,
en su caso, la obligación de reintegrar las cantidades percibidas será el establecido en los
artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el artículo 19 del Decreto
del Presidente 39/2021, de 16 de julio.
Decimocuarto. Financiación.
1. El importe total del presupuesto con destino al Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales que en este ejercicio asciende a dos millones quinientos noventa mil
trescientos treinta y dos euros (2.590.332,00 €) se distribuirá entre las solicitudes presentadas y conforme a los criterios previstos en el resuelvo sexto de la presente resolución.
Este importe se distribuye en gastos corrientes con cargo a la aplicación presupuestaria
220060000/115B/46000 y programa de financiación 20080173 por cuantía de dos millones
doscientos noventa mil trescientos treinta y dos euros (2.290.332,00 €), e inversiones, con
cargo a la aplicación presupuestaria 220060000/115B/76000 y programa de financiación
20080173, por cuantía de trescientos mil euros (300.000,00 €) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados durante
el ejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su caso, la aprobación y entrada
en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2025”.
2. El importe consignado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024 con destino a subvencionar el Fondo de Cooperación de