Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062879)
Resolución de 22 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados D y E en la modalidad de oferta modular en presencial, semipresencial y on-line, y en grado básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025

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y en su título I, capítulo IV, sección 2.ª, regula la modalidad de oferta modular. Así, según lo
establecido en su artículo 28, “los Grados C, D y E podrán tener oferta modular, a partir de
un módulo profesional, para su adaptación a las necesidades y circunstancias personales y
laborales, así como al ritmo personal de aprendizaje”.
Asimismo, se publicaron el Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 129, de 28 de mayo de 2024), el Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo,
por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de
Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 129,
de 28 de mayo de 2024), el Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen títulos de grado medio y se fijan sus
enseñanzas mínimas (BOE núm. 129, de 28 de mayo de 2024), y el Real Decreto 500/2024,
de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 129, de 28
de mayo de 2024), con el objetivo de recoger los cambios de ordenación necesarios de los
títulos de Formación Profesional de Grado Básico, Grado Medio, Grado Superior y Cursos de
Especialización para permitir su oferta en el marco de la nueva estructura establecida en el
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
En el ámbito autonómico, en desarrollo del citado Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, se
dictó la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión y
matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 93, de 15 de mayo de 2024). En su capítulo IV regula las condiciones y características generales de la modalidad de oferta modular,
estableciendo el marco jurídico que habilita a la Dirección General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa para convocar el procedimiento de admisión y matriculación
en estas enseñanzas.
Del mismo modo, el ajuste de la ordenación y temporalidad de los Ciclos Formativos de
Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior, se realizó en concordancia con el Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, el Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo y el Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, y de los cursos de especialización respecto al Real Decreto
497/2024, de 21 de mayo.
En virtud de todo lo anterior, con el fin de precisar las condiciones en que ha de realizarse el
procedimiento de admisión para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos
de Formación Profesional en la modalidad de oferta modular en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para el curso 2025/2026.