Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2025040113)
Decreto 68/2025, de 1 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2025/2026.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025

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c. En los casos en los que el cumplimiento de la estancia concedida sea inferior al 50%, y,
por tanto, se incumpla la finalidad y objetivo de la ayuda, procederá el reintegro total de
la beca.
4. El estudiantado que una vez incorporado a la universidad de destino se vea forzado a interrumpir su estancia en el extranjero por causas de fuerza mayor, antes del periodo previsto, deberá comunicarlo por escrito a la Dirección General con competencias en materia de
universidad, justificando tal extremo, no procediendo, en ese supuesto, el reintegro total
de la ayuda aunque el tiempo de estancia no alcance el 50 % de los meses concedidos,
debiendo reintegrar únicamente el periodo de estancia no realizado.
Disposición adicional única. Convocatoria de ayudas en el marco del Programa de
Movilidad Erasmus+ para el curso académico 2025/2026.
1. Objeto: aprobar la convocatoria, para el curso 2025/2026, de ayudas para estancias del
alumnado universitario de la Comunidad Autónoma seleccionado en el marco del Programa
Erasmus+ Estudios o Prácticas que realice sus estudios en:
a) La Universidad de Extremadura.
b) Cualquier universidad pública del territorio español, siempre que los estudios cursados
por el alumnado sean de carácter presencial y no fueran impartidos en la Universidad
de Extremadura en el curso académico de inicio o no se hubiera obtenido plaza en la
Universidad de Extremadura por no alcanzar la nota de corte correspondiente al curso
académico de inicio. Este alumnado debe tener vecindad administrativa familiar en Extremadura, o bien ostentar la condición de extremeño o extremeña.
Aquellas personas matriculadas en los estudios presenciales de Grado en Trabajo Social
en otras universidades públicas, diferentes a la Universidad de Extremadura, podrán
optar a la ayuda, aunque su nota de acceso sea superior a la nota de corte de la Universidad de Extremadura, por tratarse de estudios que son impartidos en un centro
adscrito de la Universidad de Extremadura.
2. P
 ersonas beneficiarias y requisitos: podrán ser beneficiarias de la ayuda las personas solicitantes que cumplan los requisitos que refieren los artículos 4 y 5 del decreto.
3. Procedimiento de concesión y convocatoria: la presente beca se convoca con carácter periódico, y se concederá en régimen de concurrencia competitiva.
4. Forma y plazo de presentación de solicitudes: las solicitudes se formalizarán según el modelo normalizado que se adjunta como anexo del decreto, debiendo ser cumplimentadas