Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062717)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadajira para riego de 81,77 ha en la finca La Cigüeña", cuya promotora es Dieta Mediterránea, Aceites y Vinagres, SA, en el término municipal de Feria (Badajoz). Expte.: IA19/0244.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025

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baja, al ser un riego de apoyo 605,66 m3/ha, y a la vista de las alegaciones presentadas
a través de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por los interesados, se considera
que la concesión de aguas públicas de 10,92 l/s (caudal máximo instantáneo), solicitada por Dieta Mediterránea, Aceites y Vinagres, S.A. con destino al riego por goteo de
almendros en las parcelas 188, 189, 219, 220 y 221 del polígono 4, término municipal
de Feria (Badajoz), con una superficie de 82-55-44 has, es factible”.
En el informe con fecha 16 de diciembre de 2014, una vez descrita la solicitud, en su
punto 7. Propuesta, indica exactamente que: “Dejando a salvo todo lo relacionado con
la sanidad y el medio ambiente, se estima viable la concesión de aguas públicas de
10,92 l/seg. (caudal máximo instantáneo), con destino al riego por goteo de almendros
en las parcelas 188, 189, 219, 220 y 221 del polígono 4, término municipal de Feria
(Badajoz), con una superficie de 82,5544 ha, una dotación máxima de 605,66 m³/ha y
una dotación de 50.000 m³.
4. L
 a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, emite
informe con fecha 30 de agosto de 2023, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio
público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía; a la existencia o
inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas
y respecto a la seguridad de presas/balsas, en el que hacen las siguientes indicaciones
en el ámbito de sus competencias:
La documentación aportada describe varias infraestructuras hidráulicas principales:


— Captación de aguas superficiales desde el cauce del río Guadajira.



— Balsa de almacenamiento de agua ubicada fuera del DPH.



— Tuberías de distribución y de riego.
Estas infraestructuras contempladas en el proyecto afectarían a los cauces de del río
Guadajira y del arroyo del Toril o su zona de policía. Estos cauces constituyen el DPH
del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas
públicas.