Servicio Extremeño De Salud. Sentencias. Ejecución. (2025062704)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 59/2025, de 10 de abril, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, dictada en el procedimiento abreviado n.º 158/2024.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 134
40060
Lunes 14 de julio de 2025
“Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Procuradora Sra. Aranda Téllez, obrando en nombre y representación de Don
Ángel Ruano Sánchez, contra la desestimación por silencio administrativo del recurso
interpuesto el día 21 de febrero de 2024 contra la Resolución de 18 de enero de 2024 del
Director General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de salud, por la cual se
acordó el cese del actor en el puesto denominado “Responsable de Área de Sistemas de
Información (informática) con número de identificación 4JA9900002 en el Área de Salud
de Llerena, y con efectos del 1 de febrero de 2024, así como contra la indicada resolución
de 18 de enero de 2024 y contra todos los actos administrativos y actuaciones subsiguientes al cese impugnado, por los que se haya ocupado la misma plaza en comisión de
servicio, en libre designación, promoción temporal o por contrato de alta dirección; y, en
consecuencia, debo anular y anulo dichas resoluciones (y los actos subsiguientes pues)
por estimarlas no conformes a derecho, habiendo de estar y pasar la administración por
tal declaración, con la consecuente condena de la misma a la reincorporación del actor al
puesto/funciones del que fue cesado con todos los derechos inherentes, y con la correlativa anulación de los actos subsiguientes de cobertura del puesto, bien en comisión de
servicio, promoción interna temporal, o por libre designación que la administración haya
efectuado desde la fecha del cese del actor en ese mismo puesto”.
Segundo. En base a lo anterior se declara la reincorporación de D. Ángel Ruano Sánchez al
puesto denominado “Responsable de Área de Sistemas de Información”, con n. de identificación 4JA9900002, en el Área de Salud de Llerena-Zafra, con todos los efectos inherentes que
le correspondan a fecha 1 de febrero de 2024.
Tercero. Disponer en base a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la conservación de los actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución.
Cuarto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrá el
interesado promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene
en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Mérida, 2 de julio de 2025.
El Director General de Recursos
Humanos,
JOSÉ ANTONIO BOTE PAZ
•••
40060
Lunes 14 de julio de 2025
“Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Procuradora Sra. Aranda Téllez, obrando en nombre y representación de Don
Ángel Ruano Sánchez, contra la desestimación por silencio administrativo del recurso
interpuesto el día 21 de febrero de 2024 contra la Resolución de 18 de enero de 2024 del
Director General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de salud, por la cual se
acordó el cese del actor en el puesto denominado “Responsable de Área de Sistemas de
Información (informática) con número de identificación 4JA9900002 en el Área de Salud
de Llerena, y con efectos del 1 de febrero de 2024, así como contra la indicada resolución
de 18 de enero de 2024 y contra todos los actos administrativos y actuaciones subsiguientes al cese impugnado, por los que se haya ocupado la misma plaza en comisión de
servicio, en libre designación, promoción temporal o por contrato de alta dirección; y, en
consecuencia, debo anular y anulo dichas resoluciones (y los actos subsiguientes pues)
por estimarlas no conformes a derecho, habiendo de estar y pasar la administración por
tal declaración, con la consecuente condena de la misma a la reincorporación del actor al
puesto/funciones del que fue cesado con todos los derechos inherentes, y con la correlativa anulación de los actos subsiguientes de cobertura del puesto, bien en comisión de
servicio, promoción interna temporal, o por libre designación que la administración haya
efectuado desde la fecha del cese del actor en ese mismo puesto”.
Segundo. En base a lo anterior se declara la reincorporación de D. Ángel Ruano Sánchez al
puesto denominado “Responsable de Área de Sistemas de Información”, con n. de identificación 4JA9900002, en el Área de Salud de Llerena-Zafra, con todos los efectos inherentes que
le correspondan a fecha 1 de febrero de 2024.
Tercero. Disponer en base a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la conservación de los actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución.
Cuarto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrá el
interesado promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene
en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Mérida, 2 de julio de 2025.
El Director General de Recursos
Humanos,
JOSÉ ANTONIO BOTE PAZ
•••