Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062694)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la 5.ª Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura (actualmente Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural) y la Comunidad de Regantes del Valle del Zújar para el desarrollo y ejecución de las actuaciones necesarias para la transformación en regadío de 1.200 hectáreas en Monterrubio de la Serena (Badajoz) mediante el empleo de recursos locales, declarada como zona regable singular mediante Decreto 154/2017, de 12 de septiembre.
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NÚMERO 133
Viernes 11 de julio de 2025

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Octavo. Que en el desarrollo de las obras de “Transformación en Regadío de 1200 Ha de la
zona regable singular de Monterrubio de la Serena (Badajoz)”, los técnicos evidenciaron algunas incidencias que comprometían la ejecución en tiempo de las obras proyectadas inicialmente, lo que les imposibilitaba cumplir con el plazo previsto para la finalización de las obras.
Esta imposibilidad sobrevenida y que no obedecía a causas imputables a las partes, estimaron
necesario y oportuno prorrogar, antes del vencimiento (31/12/2024), la vigencia del Convenio
hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que dio lugar a la aprobación de la 4ª Adenda al presente
Convenio.
Noveno. En la actualidad, existen motivos por lo que ha sido necesario modificar el encargo
de Ejecución de las Obras a Tragsa, ya que se han evidenciado condicionantes técnicos no
contemplados en el proyecto original ni en el encargo a TRAGSA (heredero del proyecto original), que afectan a la consecución de los objetivos inicialmente previstos. Estas consideraciones han obligado a plantear una modificación de la solución técnica original del proyecto y
por tanto del encargo a TRAGSA que implica ejecutar modificaciones en el proyecto, especialmente el entorno de la balsa de Hatillos, y la balsa Cantador, así como la estación de bombeo
y otros elementos anexos. Modificación que, tras la tramitación preceptiva, ha sido aprobada
por Consejo de Gobierno el 3 de junio de 2025.
Las modificaciones del proyecto conllevan un incremento del presupuesto inicial, incrementándose en de dos millones doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos noventa euros con
setenta y nueve céntimos (2.275.490,79 €), por lo que el presupuesto total de la inversión
asciende a diecinueve millones ochocientos cuarenta mil doscientos sesenta y cinco euros
(19.840.265,00 €), coste de administración general incluido, y sin aplicación de IVA.
Por todo lo expuesto, la modificación del proyecto conlleva la modificación del Convenio con
la Comunidad de Regantes, ya que, entre otros, se verán condicionadas las estipulaciones
cuarta, séptima y octava del convenio suscrito y las sucesivas Adendas aprobadas con anterioridad, lo que provoca la necesidad de confeccionar la 5.º Adenda al Convenio.
Décimo. La cláusula decimoquinta del Convenio establece que “las partes podrán modificar
el presente convenio de colaboración en cualquier momento por mutuo acuerdo, mediante la
suscripción de la correspondiente adenda”.
Undécimo. Que, de conformidad con el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 32.4 corresponde a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, bajo la
superior dirección de la persona titular de la Consejería, las funciones en materia de infraestructuras del medio rural y regadíos.