Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Protección Civil. Subvenciones. (2025062679)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de subvención a las entidades locales beneficiarias, dirigida a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025, de la Sublínea A (Vestuario).
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NÚMERO 133
Viernes 11 de julio de 2025

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Tercera. Compatibilidad.
La concesión de las subvenciones previstas en la Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan estas ayudas, será compatible con cualesquiera otras
que pudieran ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o
entidades públicas o privadas, siempre que el importe de las mismas no supere el coste de la
realización de la adquisición del equipamiento y/o materiales subvencionables.
Las entidades locales solicitantes estarán obligadas a declarar todas las subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo concepto, en el momento de la solicitud o en cualquier otro
en que se produzca.
Cuarta. Requisitos de las entidades locales beneficiarias.
Las entidades locales solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes
requisitos:
a) Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y
de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda estatal y la Seguridad Social.
b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición
de beneficiaria en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La acreditación de dichos extremos se realizará mediante declaración responsable conforme al modelo normalizado incorporado en el apartado 6 del anexo de la resolución
de convocatoria.
c) Contar, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con Agrupación
Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita en el Registro
de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las mancomunidades de municipios, además, deberán contar entre sus servicios mancomunados el de protección civil.
Quinta. Justificación de la subvención.
De acuerdo con el resuelvo decimoséptimo de la Resolución 4 de abril de 2025 de la Secretaría General, por la que se convocan estas ayudas, las entidades locales beneficiarias deberán
justificar la ejecución del objeto de la subvención hasta el 15 de noviembre de 2025.