Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2025062662)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, para la concesión directa de una subvención a favor de la Universidad de Extremadura para la financiación de los institutos universitarios mixtos para la anualidad 2025.
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NÚMERO 132
Jueves 10 de julio de 2025

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3. F
 otografía del cartel publicitario según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril,
sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de
Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece
el Régimen General de Concesión de Subvenciones.
4. S
 in perjuicio de lo anterior, la actividad subvencionada estará sujeta al control financiero
que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. E
 l incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
6. L
 a justificación final podrá presentarse hasta el 28 de febrero de 2026 incluido, debiendo
presentar la justificación del primer 50%, según el resuelvo sexto, antes del 25 de noviembre de 2025.
Octavo. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
La UEX asumirá, además de las obligaciones establecidas en la presente resolución, aquellas que con carácter general prevé la Ley 6/2011, de 23 de marzo y, específicamente, las
siguientes:
a) Realizar las actividades objeto de la subvención y destinar la misma a la finalidad para
la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
b) Justificar ante el órgano concedente el mantenimiento de los requisitos y condiciones
enumerados en el artículo 12 de la Ley 6/2011.
c) En el caso de no dar el consentimiento expreso a que se recaben de oficio los certificados de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
con la Hacienda Estatal y de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, así como de
que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, deberán presentarlos
con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo a cada uno de los pagos.
La UEX ha presentado los certificados con carácter previo a la concesión, encontrándose
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda Autonómica.
d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la subvención. A
estos efectos, se deberá presentar la memoria técnica del proyecto que señale la reper-