Servicio Extremeño De Salud. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2025062663)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de intervención en conductas adictivas desarrollados por organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el año 2025.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 132
39492
Jueves 10 de julio de 2025
Tercero. En virtud de lo dispuesto en ordinal quinto de la resolución de convocatoria y de
conformidad con el informe de la Comisión de Valoración, la Directora General de Salud Pública con fecha 27 de junio de 2025, formula la siguiente propuesta de resolución:
1. Q
ue se concedan las subvenciones previstas en la Resolución de 24 de marzo de 2025,
a las entidades relacionadas en el anexo I.
2. Q
ue se desestimen las solicitudes relacionadas en el anexo II, con indicación del motivo
de denegación.
Por cuanto antecede, de conformidad con la mencionada propuesta, en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 8.4 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño
Salud, y según lo dispuesto en el ordinal quinto apartado 5 de la Resolución de 24 de marzo
de 2025,
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones a las entidades incluidas en el anexo I, en la cuantía
que en el mismo se relacionan, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000 y
códigos de proyecto de gasto 20060568, 20080768, 20060571 y 20210278 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados en
enero de 2025 en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura, y de acuerdo con la Orden de 6 de febrero de
2025 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se fijan las condiciones
y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Extremadura para 2024, con indicación de la actividad subvencionada: Programas de centros
de día de reincorporación sociolaboral para personas con conductas adictivas; Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas específicos con problemas de alcohol; Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas específicos con
problemas de juego patológico; Programas residenciales a realizar en comunidad terapéutica;
Actividades preventivas dirigidas a colectivos de riesgo (prevención selectiva), específico de
menores infractores privados de libertad en centro de internamiento; Programas exclusivos
de prevención selectiva/indicada del consumo de alcohol en menores en poblaciones de Extremadura de más de 20.000 habitantes y resto de programas contemplados en el capítulo IV
del Decreto 72/2016, de 31 de mayo.
Segundo. Desestimar la solicitud de concesión de subvención a las entidades relacionadas en
el anexo II indicando, para cada una de ellas, el motivo de su denegación.
Tercero. Las entidades beneficiarias de estas subvenciones tienen la obligación de cumplir
con lo establecido en la Resolución de 24 de marzo de 2025, así como con lo dispuesto en
39492
Jueves 10 de julio de 2025
Tercero. En virtud de lo dispuesto en ordinal quinto de la resolución de convocatoria y de
conformidad con el informe de la Comisión de Valoración, la Directora General de Salud Pública con fecha 27 de junio de 2025, formula la siguiente propuesta de resolución:
1. Q
ue se concedan las subvenciones previstas en la Resolución de 24 de marzo de 2025,
a las entidades relacionadas en el anexo I.
2. Q
ue se desestimen las solicitudes relacionadas en el anexo II, con indicación del motivo
de denegación.
Por cuanto antecede, de conformidad con la mencionada propuesta, en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 8.4 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño
Salud, y según lo dispuesto en el ordinal quinto apartado 5 de la Resolución de 24 de marzo
de 2025,
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones a las entidades incluidas en el anexo I, en la cuantía
que en el mismo se relacionan, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000 y
códigos de proyecto de gasto 20060568, 20080768, 20060571 y 20210278 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados en
enero de 2025 en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura, y de acuerdo con la Orden de 6 de febrero de
2025 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se fijan las condiciones
y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Extremadura para 2024, con indicación de la actividad subvencionada: Programas de centros
de día de reincorporación sociolaboral para personas con conductas adictivas; Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas específicos con problemas de alcohol; Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas específicos con
problemas de juego patológico; Programas residenciales a realizar en comunidad terapéutica;
Actividades preventivas dirigidas a colectivos de riesgo (prevención selectiva), específico de
menores infractores privados de libertad en centro de internamiento; Programas exclusivos
de prevención selectiva/indicada del consumo de alcohol en menores en poblaciones de Extremadura de más de 20.000 habitantes y resto de programas contemplados en el capítulo IV
del Decreto 72/2016, de 31 de mayo.
Segundo. Desestimar la solicitud de concesión de subvención a las entidades relacionadas en
el anexo II indicando, para cada una de ellas, el motivo de su denegación.
Tercero. Las entidades beneficiarias de estas subvenciones tienen la obligación de cumplir
con lo establecido en la Resolución de 24 de marzo de 2025, así como con lo dispuesto en