Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Indicación Geográfica Protegida. (2025050106)
Orden de 4 de julio de 2025 por la que se aprueban los Estatutos de la Indicación Geográfica Protegida "Garbanzo de Valencia del Ventoso".
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NÚMERO 132

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Jueves 10 de julio de 2025

por la Tesorería, serán sometidas a aprobación del Pleno dentro del primer trimestre del
año siguiente cierre del ejercicio y se auditarán a través de una entidad autorizada según
la normativa vigente.
3. C
 ontrol financiero: La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través
de la Intervención General, podrá ejercer el control financiero necesario sobre los gastos
efectuados para la gestión de las funciones del C.R.
CAPÍTULO VI
Elecciones para designación de Vocales
Artículo 19. Convocatoria.
1. L
 a persona que ostente la Presidencia del Pleno del Consejo Regulador, o persona que
reglamentariamente le sustituya, convocará elecciones para designación de vocales del
Consejo Regulador de la IGP “Garbanzo de Valencia del Ventoso”:
a) En los tres meses anteriores a la finalización del mandato de los vocales.
b) En caso de no poder garantizar la paridad entre los dos sectores por baja o cese de los
vocales titulares y suplentes.
2. E
 n la convocatoria se hará constar:
a) La representación por sectores.
b) El número de vocalías correspondientes a cada censo específico que deben ser elegidos.
c) El calendario al que deberá ajustarse el proceso electoral.
d) Las reglas, acorde a estos Estatutos y a los acuerdos que dentro de sus competencias
hayan adoptado los órganos de gobierno del C.R.
e) L
 os modelos de anexos, papeletas de votación, credenciales indicadas en estos estatutos, así como cualquier otro documento requerido para el correcto desarrollo del proceso de elecciones.
3. L
 a convocatoria de elecciones se realizará mediante anuncio en el Diario oficial de
Extremadura (DOE). El C.R. podrá utilizar otros medios complementarios para alcanzar la
máxima difusión de la convocatoria.
4. E
 l inicio del proceso electoral, identificado como día D en el calendario de la convocatoria,
corresponderá al siguiente día hábil tras la publicación del anuncio en el DOE.