Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025062648)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para equipamiento de consultorios locales de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025.
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NÚMERO 131
39276
Miércoles 9 de julio de 2025
dispuesto en el artículo 7 supondrá un reintegro del 1% de la subvención total concedida
por cada mes de incumplimiento a computar desde que se aprecie el mismo y hasta que
se subsane este.
5. La concesión de estas subvenciones será compatible con cualesquiera otras que pudieran
ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o entidades
públicas o privadas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste de la
actividad subvencionable.
Tercero. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index
)
la
conce-
sión de las subvenciones de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, indicándose el programa y crédito presupuestario al
que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención. Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), a tenor de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en
el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es ),
conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Cuarto. Relacionar, ordenadas por puntación, en el anexo II aquellas entidades que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas recogidas en la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no obtendrían financiación por rebasarse la cuantía máxima
del crédito con el que se dota la convocatoria.
Quinto. Relacionar en el anexo III, tanto las solicitudes inadmitidas como aquellas otras en
las que procede declarar su desistimiento o su desestimación, motivando la causa.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Directora General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias o ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción
de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier
otro que estime procedente.
Mérida, 30 de junio de 2025.
La Secretaria General de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales,
PD, Resolución de 25 de septiembre de 2023
(DOE n.º 189, de 2 de octubre de 2023),
La Directora General de Planificación,
Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias,
SILVIA TERESA TORRES PILES
39276
Miércoles 9 de julio de 2025
dispuesto en el artículo 7 supondrá un reintegro del 1% de la subvención total concedida
por cada mes de incumplimiento a computar desde que se aprecie el mismo y hasta que
se subsane este.
5. La concesión de estas subvenciones será compatible con cualesquiera otras que pudieran
ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o entidades
públicas o privadas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste de la
actividad subvencionable.
Tercero. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index
)
la
conce-
sión de las subvenciones de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, indicándose el programa y crédito presupuestario al
que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención. Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), a tenor de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en
el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es ),
conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Cuarto. Relacionar, ordenadas por puntación, en el anexo II aquellas entidades que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas recogidas en la convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no obtendrían financiación por rebasarse la cuantía máxima
del crédito con el que se dota la convocatoria.
Quinto. Relacionar en el anexo III, tanto las solicitudes inadmitidas como aquellas otras en
las que procede declarar su desistimiento o su desestimación, motivando la causa.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Directora General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias o ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción
de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier
otro que estime procedente.
Mérida, 30 de junio de 2025.
La Secretaria General de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales,
PD, Resolución de 25 de septiembre de 2023
(DOE n.º 189, de 2 de octubre de 2023),
La Directora General de Planificación,
Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias,
SILVIA TERESA TORRES PILES