Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062653)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Asociación de Filósofos Extremeños (AFEX) para la concesión directa de una subvención para la organización y el desarrollo de la XII Olimpiada Filosófica en Extremadura.
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NÚMERO 131

39203

Miércoles 9 de julio de 2025

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN
PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA ASOCIACIÓN DE FILÓSOFOS
EXTREMEÑOS (AFEX) PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN PARA
LA ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO DE LA XII OLIMPIADA FILOSÓFICA EN
EXTREMADURA.
Mérida, 6 de junio de 2025.
INTERVIENEN:
De una parte, la Ilma. Sra. Dña. María del Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación
y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto
(DOE núm. 149, de 3 de agosto), en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, sobre delegación de determinadas
competencias y delegación de firma (DOE núm. 217, de 7 de noviembre).
Y de otra, Dña. Raquel Rodríguez Niño, con DNI n.º ***5173**, Presidenta de la Asociación
de Filósofos Extremeños (en adelante AFEX), con NIF n.º G10186203, con poder suficiente
para la suscripción del presente convenio, de conformidad con el artículo 19 de los Estatutos
de la Asociación de Filósofos Extremeños, inscritos por Resolución de 17 de mayo de 2018,
n.º 1850, sección 1ª. (Aprobada su modificación por la Asamblea General Extraordinaria de
fecha 28 de noviembre de 2020).
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN:
1. Q
 ue el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. L
 a Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en lo referido al modelo educativo
extremeño se fundamenta y tiene entre sus principios la formación integral de las personas
a lo largo de la vida, procurando el máximo desarrollo de todas sus capacidades.
3. Q
 ue la Asociación de Filósofos Extremeños tiene entre sus fines la promoción y difusión de
la Filosofía y la defensa de los valores éticos.