Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062655)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda modificativa al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres para el desarrollo del programa "Competencias digitales para el sector turístico" financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next -Generation EU.
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NÚMERO 131
Miércoles 9 de julio de 2025
39236
mara está obligada a presentar la justificación parcial acreditada documentalmente mediante
certificación de la Secretaría de la Cámara de los gastos y pagos realizados, con especificación
y desglose del número de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos por un importe
igual o superior a la cantidad entregada en el primer 50% (156.492,72 €). Esta justificación
parcial deberá realizarse ante la Dirección General de Turismo como máximo hasta el 30 de
junio de 2025”, un mes más, hasta el 30 de julio de 2025.
Las razones esgrimidas para solicitar dicha ampliación consisten:
“4.º El desarrollo del proyecto formativo ha experimentado ciertos retrasos que han afectado tanto a la ejecución de algunas fases y que afectan a la entrega de la justificación en
los plazos inicialmente previstos.
Los plazos inherentes a la licitación de los servicios necesarios para la puesta en marcha
del proyecto -especialmente en lo relativo a la subcontratación de proveedores para el
diseño didáctico, el soporte técnico y el suministro de materiales- han supuesto una extensión del calendario operativo. La naturaleza secuencial de estos procedimientos, en los
que una fase depende de la resolución formal de la anterior, ha generado una ralentización
global del proceso.
Asimismo, los tiempos técnicos requeridos para la evaluación de ofertas, adjudicación de
contratos y, en su caso, la gestión de posibles recursos, han influido directamente en la
planificación temporal. Estas fases son imprescindibles para garantizar la concurrencia,
legalidad y transparencia que exige la normativa vigente y no pueden ser acortadas sin
comprometer los principios del procedimiento”.
Segundo. Que el Convenio en su Cláusula Undécima dispone que:
“Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del convenio cuando aparezcan
circunstancias sobrevenidas que alteren o dificulten su cumplimiento, sin que aquéllas
puedan afectar al principio de “no causar un perjuicio significativo” ni al cumplimiento de
los hitos y objetivos del Programa.
La solicitud de modificación, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje,- la
modificación o eliminación de alguna actuación existente y/o la aprobación de una nueva
actuación, así como, la propuesta de ampliación del plazo de ejecución, reprogramar su
ejecución por anualidades y justificación de algunas de las actuaciones, con las limitaciones de las fechas obligatorias para la ejecución de aquéllas, es decir, con anterioridad al 31
de diciembre de 2025,- que deberá estar suficientemente fundamentada, deberá presentarse mediante registro electrónico, en el momento de la aparición de las circunstancias
expresadas y, en todo caso, con anterioridad al momento en que finalice el período de
ejecución.
Miércoles 9 de julio de 2025
39236
mara está obligada a presentar la justificación parcial acreditada documentalmente mediante
certificación de la Secretaría de la Cámara de los gastos y pagos realizados, con especificación
y desglose del número de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos por un importe
igual o superior a la cantidad entregada en el primer 50% (156.492,72 €). Esta justificación
parcial deberá realizarse ante la Dirección General de Turismo como máximo hasta el 30 de
junio de 2025”, un mes más, hasta el 30 de julio de 2025.
Las razones esgrimidas para solicitar dicha ampliación consisten:
“4.º El desarrollo del proyecto formativo ha experimentado ciertos retrasos que han afectado tanto a la ejecución de algunas fases y que afectan a la entrega de la justificación en
los plazos inicialmente previstos.
Los plazos inherentes a la licitación de los servicios necesarios para la puesta en marcha
del proyecto -especialmente en lo relativo a la subcontratación de proveedores para el
diseño didáctico, el soporte técnico y el suministro de materiales- han supuesto una extensión del calendario operativo. La naturaleza secuencial de estos procedimientos, en los
que una fase depende de la resolución formal de la anterior, ha generado una ralentización
global del proceso.
Asimismo, los tiempos técnicos requeridos para la evaluación de ofertas, adjudicación de
contratos y, en su caso, la gestión de posibles recursos, han influido directamente en la
planificación temporal. Estas fases son imprescindibles para garantizar la concurrencia,
legalidad y transparencia que exige la normativa vigente y no pueden ser acortadas sin
comprometer los principios del procedimiento”.
Segundo. Que el Convenio en su Cláusula Undécima dispone que:
“Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del convenio cuando aparezcan
circunstancias sobrevenidas que alteren o dificulten su cumplimiento, sin que aquéllas
puedan afectar al principio de “no causar un perjuicio significativo” ni al cumplimiento de
los hitos y objetivos del Programa.
La solicitud de modificación, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje,- la
modificación o eliminación de alguna actuación existente y/o la aprobación de una nueva
actuación, así como, la propuesta de ampliación del plazo de ejecución, reprogramar su
ejecución por anualidades y justificación de algunas de las actuaciones, con las limitaciones de las fechas obligatorias para la ejecución de aquéllas, es decir, con anterioridad al 31
de diciembre de 2025,- que deberá estar suficientemente fundamentada, deberá presentarse mediante registro electrónico, en el momento de la aparición de las circunstancias
expresadas y, en todo caso, con anterioridad al momento en que finalice el período de
ejecución.