Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2025040090)
Decreto 51/2025, de 10 de junio, de bases reguladoras de subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 131
39026
Miércoles 9 de julio de 2025
I
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
DECRETO 51/2025, de 10 de junio, de bases reguladoras de subvenciones
para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura
y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2025. (2025040090)
I
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada
por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma, en su
artículo 9.1.17, la competencia exclusiva en las materias de organización, funcionamiento y
régimen de las cooperativas y entidades asimiladas, así como el fomento de todas las modalidades economía social. Además, el artículo 73.2, del citado texto legal, incluido en el capítulo
I (De la Economía Social de Extremadura) de su título VI (De la Economía y de la Hacienda),
establece como principio general que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma propiciarán la constitución y el desarrollo de sociedades de economía social.
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establece que la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible ejercerá entre otras competencias las relativas a sociedades cooperativas y sociedades laborales.
II
Las entidades de la economía social, conformada por cooperativas, sociedades laborales,
mutualidades, fundaciones y asociaciones que lleven a cabo actividad económica, empresas
de inserción, centros especiales de empleo, cofradías de pescadores, sociedades agrarias de
transformación y entidades singulares, se rigen por el respeto a una serie de principios y valores orientadores: primacía de las personas y del fin social sobre el capital, aplicación de los
resultados obtenidos al fin social objeto de la entidad, promoción de la solidaridad interna y
con la sociedad e independencia respecto a los poderes públicos.
Para potenciar su desarrollo y modernización se aprobó el Decreto 38/2022, de 12 de abril,
de bases reguladoras de las subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de la Economía Social en Extremadura, y en su aplicación se han convocado estas subvenciones en los
años 2022, 2023 y 2024.
39026
Miércoles 9 de julio de 2025
I
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
DECRETO 51/2025, de 10 de junio, de bases reguladoras de subvenciones
para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura
y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2025. (2025040090)
I
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada
por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma, en su
artículo 9.1.17, la competencia exclusiva en las materias de organización, funcionamiento y
régimen de las cooperativas y entidades asimiladas, así como el fomento de todas las modalidades economía social. Además, el artículo 73.2, del citado texto legal, incluido en el capítulo
I (De la Economía Social de Extremadura) de su título VI (De la Economía y de la Hacienda),
establece como principio general que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma propiciarán la constitución y el desarrollo de sociedades de economía social.
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establece que la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible ejercerá entre otras competencias las relativas a sociedades cooperativas y sociedades laborales.
II
Las entidades de la economía social, conformada por cooperativas, sociedades laborales,
mutualidades, fundaciones y asociaciones que lleven a cabo actividad económica, empresas
de inserción, centros especiales de empleo, cofradías de pescadores, sociedades agrarias de
transformación y entidades singulares, se rigen por el respeto a una serie de principios y valores orientadores: primacía de las personas y del fin social sobre el capital, aplicación de los
resultados obtenidos al fin social objeto de la entidad, promoción de la solidaridad interna y
con la sociedad e independencia respecto a los poderes públicos.
Para potenciar su desarrollo y modernización se aprobó el Decreto 38/2022, de 12 de abril,
de bases reguladoras de las subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de la Economía Social en Extremadura, y en su aplicación se han convocado estas subvenciones en los
años 2022, 2023 y 2024.