Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062629)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la fábrica de aceite de oliva, promovida por Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025

38972

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada a la fábrica de aceite de
oliva, promovida por Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal
de Don Benito. (2025062629)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 26 de abril de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada
(AAU) de la fábrica de aceite de oliva, promovida por Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
La industria alimentaria de Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito (Badajoz), cuenta con autorización ambiental unificada otorgada por la Dirección General
de Medio Ambiente, mediante Resolución de 25 de julio de 2014, publicada en el DOE n.º 160,
de 20 de agosto de 2014.
La modificación proyectada consiste en la instalación de una fábrica de aceite de oliva (almazara) con una capacidad de producción diaria de 57,6 t/d de aceite de oliva, siendo la capacidad de procesado de la línea de molturación de 16.000 kg/h.
Segundo. El proyecto presentado en la presente solicitud de AAU contempla la parcela 216 de
polígono 26 del término municipal de Don Benito (Badajoz). Las coordenadas UTM referidas a
la Zona 29 ETRS89 son las siguientes: X ETRS89 Huso H29. X= 776797.88. Y= 4325063.26.
Tercero. Esta actividad está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, relativa a instalaciones para el tratamiento y transformación, diferente del
mero envasado, de la siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la
fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca,
congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600
toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90
días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
Cuarto. Mediante anuncio de fecha de 19 de agosto de 2024, publicado en el DOE 166, de
27 de agosto de 2024, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de modificación sustancial
de la autorización ambiental unificada de la fábrica de aceite de oliva promovida por Frutícola
Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito, podría ser examinada, durante el