Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025040110)
Decreto 65/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para el curso académico 2024-2025.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025

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3. L
 a solicitud, acompañada de la documentación señalada en el artículo 8, se dirigirá al Servicio con competencias en materia de ordenación académica de la Consejería con competencias en materia de educación, y se formalizará mediante su presentación por cualquiera
de los siguientes medios:
a) En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema
de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en el Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de registro único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2009). O por cualquiera de
las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por presentar su solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
b) Mediante medios electrónicos.
Las personas interesadas podrán presentar la solicitud, junto con la documentación
correspondiente, por medios electrónicos a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura, en la dirección https://www.juntaex.es/w/0717125,
accediendo a la ficha correspondiente al trámite, desde donde se habilitará el acceso
a la sede electrónica asociada. También podrán hacerlo a través de cualquiera de los
registros electrónicos contemplados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de solicitud, incluido como anexo I de la presente norma, estará disponible en
dicha sede electrónica, y deberá cumplimentarse utilizando la herramienta informática
habilitada al efecto, de conformidad con las instrucciones establecidas.
Para utilizar este medio, las personas interesadas deberán disponer de un sistema válido
de identificación y firma electrónica, como el DNI electrónico o un certificado electrónico
en vigor.
La información necesaria para su obtención y utilización puede consultarse en las siguientes direcciones:


https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y
http://www.cert.fnmt.es.