Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025040110)
Decreto 65/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para el curso académico 2024-2025.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025

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generales establecidos en la Orden ECD/1731/2015, de 31 de julio, sobre la evaluación y
la movilidad del alumnado que cursa Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas
y Diseño en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en tanto
resulte supletoriamente aplicable.
Respecto a las especialidades de Artes Plásticas y Diseño de grado superior que pueden
optar a estos premios, concretamente las especialidades de Cerámica y Muro, será de aplicación, en el caso de la especialidad de Cerámica, el Decreto 16/2018, de 6 de febrero, por
el que se establece el currículo del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en
Cerámica Artística, perteneciente a la familia profesional artística de la Cerámica Artística,
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En cuanto a la especialidad de
Muro, y en aquellos supuestos en los que resulte de aplicación la normativa estatal, se
estará a lo dispuesto en la disposición adicional única del Real Decreto 613/1998, de 17 de
abril, por el que se establece el currículo y se determina la prueba de acceso a los ciclos
formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de la familia profesional de las
Artes Aplicadas al Muro.
Artículo 4. Procedimiento de concesión y convocatoria.
1. L
 a concesión de los Premios regulados en el presente decreto se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva, a través de convocatoria periódica, conforme a lo previsto en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
 l procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la
persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de educación y publicada en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ) así como en el Portal de
Transparencia de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/transparencia ).
3. A
 simismo, la convocatoria y su extracto, obtenido a través de la Base de Datos Nacional
de Subvenciones, (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), se
publicarán en el Diario Oficial de Extremadura, (https://doe.juntaex.es/ ) conforme a lo
establecido en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. L
 os Premios podrán declararse desiertos si no se presentaran suficientes candidatos o candidatas que reúnan los requisitos exigidos para optar a los mismos.
5. C
 ada uno de los premios faculta además para optar a los Premios Nacionales de Enseñanzas Artísticas Profesionales.