Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025040110)
Decreto 65/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para el curso académico 2024-2025.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025

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de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la
Violencia de Género en Extremadura, aplicándose este mismo criterio en los supuestos
de suplencia.
5. L
 a Comisión de Valoración tendrá entre otras las siguientes funciones:


a) La Evaluación del alumnado candidato.



b) Emisión del informe en el que se detallará el resultado de la evaluación efectuada,
siendo vinculante para el órgano instructor, quien no podrá separarse de su contenido para formular la propuesta de resolución de conformidad con el artículo 22.3 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo.



c) Resolver, en el ámbito de sus competencias, las dudas que puedan surgir en la interpretación de los criterios de valoración establecidos.



d) En todo momento se garantizará el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, asegurando la confidencialidad, integridad y seguridad de los datos personales contenidos en el material.

10. P
 ropuesta, resolución y notificación.
La competencia para resolver corresponde a la persona titular de la Secretaría General
de la Consejería competente en materia de educación, conforme al artículo 9.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura, a propuesta del órgano instructor, previo informe vinculante de la Comisión de Valoración.
La resolución de concesión de los Premios objeto de la presente norma, deberá ser dictada, notificada al alumnado premiado y publicada en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de
publicación de la respectiva convocatoria de dichos Premios. Transcurrido dicho plazo sin
que se haya notificado la resolución, la parte interesada podrá entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo
22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
La resolución también será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), y en el Portal
de subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 18
de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 17.1 y 20 de la Ley