Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025040110)
Decreto 65/2025, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para el curso académico 2024-2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 130
Martes 8 de julio de 2025
38861
5. F
orma y plazos de presentación de solicitudes.
El alumnado interesado en optar a los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas
Profesionales deberá cumplimentar la solicitud conforme al modelo normalizado recogido
en el anexo I y conforme lo indicado en el artículo 7 de este decreto. La solicitud, junto
la documentación requerida, será presentada, en el plazo de 10 días hábiles a partir de la
publicación de la presente convocatoria y del extracto de la misma en el Diario Oficial de
Extremadura https://doe.juntaex.es/.
Todas las solicitudes deberán ser firmadas por el padre y la madre o tutores legales, o en el
caso de familias monoparentales, por uno de ellos o tutor o tutora legal o quienes ejerzan
la guarda y/o acogimiento del alumnado, si este es menor de edad o, en su caso, por la
persona solicitante si es mayor de edad.
6. D
ocumentación.
La documentación acreditativa que deberá acompañar a dicha solicitud es la indicada en el
artículo 8 de este decreto.
7. M
ateriales de grabación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del decreto regulador, y con independencia del medio utilizado para presentar la solicitud (sede electrónica, registro presencial u
otros medios habilitados), los materiales de grabación requeridos para la valoración de las
candidaturas deberán presentarse en soporte digital físico, preferentemente en pendrive o
disco duro externo.
Este soporte deberá remitirse por correo postal o entregarse de forma presencial.
La presentación presencial podrá realizarse:
a) E
n cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema
de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en el Decreto
257/2009, de 18 de diciembre (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2009).
b) O
por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por la presentación a través de una oficina de Correos, esta deberá
realizarse en sobre abierto, de modo que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de su certificación.
Martes 8 de julio de 2025
38861
5. F
orma y plazos de presentación de solicitudes.
El alumnado interesado en optar a los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas
Profesionales deberá cumplimentar la solicitud conforme al modelo normalizado recogido
en el anexo I y conforme lo indicado en el artículo 7 de este decreto. La solicitud, junto
la documentación requerida, será presentada, en el plazo de 10 días hábiles a partir de la
publicación de la presente convocatoria y del extracto de la misma en el Diario Oficial de
Extremadura https://doe.juntaex.es/.
Todas las solicitudes deberán ser firmadas por el padre y la madre o tutores legales, o en el
caso de familias monoparentales, por uno de ellos o tutor o tutora legal o quienes ejerzan
la guarda y/o acogimiento del alumnado, si este es menor de edad o, en su caso, por la
persona solicitante si es mayor de edad.
6. D
ocumentación.
La documentación acreditativa que deberá acompañar a dicha solicitud es la indicada en el
artículo 8 de este decreto.
7. M
ateriales de grabación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del decreto regulador, y con independencia del medio utilizado para presentar la solicitud (sede electrónica, registro presencial u
otros medios habilitados), los materiales de grabación requeridos para la valoración de las
candidaturas deberán presentarse en soporte digital físico, preferentemente en pendrive o
disco duro externo.
Este soporte deberá remitirse por correo postal o entregarse de forma presencial.
La presentación presencial podrá realizarse:
a) E
n cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema
de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en el Decreto
257/2009, de 18 de diciembre (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2009).
b) O
por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por la presentación a través de una oficina de Correos, esta deberá
realizarse en sobre abierto, de modo que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de su certificación.