Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2025062623)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, de concesión de subvenciones para la realización de obras de eficiencia energética en edificios e infraestructuras vinculados a la prestación de servicios educativos, destinadas a entidades locales de Extremadura, susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FEDER 2021/2027.
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NÚMERO 129
Lunes 7 de julio de 2025
38739
CONDICIONES DE LA AYUDA/OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
Cumplimiento del principio DNSH
Garantizará el cumplimiento al principio de no causar daño significativo al
medio ambientes (DNSH), así como el cumplimiento de los condicionantes
relativos a la evaluación sustantiva de los objetivos medioambientales requeridos para este tipo de operaciones (apartados 7 y 8 del artículo 18):
— Economía Circular.
—P
revención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el
suelo.
Garantizar la protección frente al cambio climático de las inversiones en las
infraestructuras cuya vida útil sea como mínimo de cinco años.
Protección frente al cambio climático: (Art.73.2) En este sentido se deberá garantizar el cumplimiento de las medidas previstas en el documento de análisis de resiliencia climática (Climate Proofing) para dichas inversiones.
Otras condiciones/obligaciones
—L
a Autoridad de Gestión podrá utilizar la información comunicada,
de conformidad con la normativa comunitaria y nacional aplicable al
FEDER, para efectuar análisis de riesgos con ayuda de herramientas
informáticas específicas situadas en la Unión Europea.
—O
bligación de participación en las actividades de seguimiento, evaluación y control que, de acuerdo con la normativa comunitaria, deban realizar las diferentes autoridades y órganos de control.
Lunes 7 de julio de 2025
38739
CONDICIONES DE LA AYUDA/OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
Cumplimiento del principio DNSH
Garantizará el cumplimiento al principio de no causar daño significativo al
medio ambientes (DNSH), así como el cumplimiento de los condicionantes
relativos a la evaluación sustantiva de los objetivos medioambientales requeridos para este tipo de operaciones (apartados 7 y 8 del artículo 18):
— Economía Circular.
—P
revención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el
suelo.
Garantizar la protección frente al cambio climático de las inversiones en las
infraestructuras cuya vida útil sea como mínimo de cinco años.
Protección frente al cambio climático: (Art.73.2) En este sentido se deberá garantizar el cumplimiento de las medidas previstas en el documento de análisis de resiliencia climática (Climate Proofing) para dichas inversiones.
Otras condiciones/obligaciones
—L
a Autoridad de Gestión podrá utilizar la información comunicada,
de conformidad con la normativa comunitaria y nacional aplicable al
FEDER, para efectuar análisis de riesgos con ayuda de herramientas
informáticas específicas situadas en la Unión Europea.
—O
bligación de participación en las actividades de seguimiento, evaluación y control que, de acuerdo con la normativa comunitaria, deban realizar las diferentes autoridades y órganos de control.