Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2025062623)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, de concesión de subvenciones para la realización de obras de eficiencia energética en edificios e infraestructuras vinculados a la prestación de servicios educativos, destinadas a entidades locales de Extremadura, susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FEDER 2021/2027.
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NÚMERO 129
Lunes 7 de julio de 2025

38723

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, de concesión
de subvenciones para la realización de obras de eficiencia energética
en edificios e infraestructuras vinculados a la prestación de servicios
educativos, destinadas a entidades locales de Extremadura, susceptibles de
ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FEDER
2021/2027. (2025062623)
Primero. El 14 de agosto de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º
158), el Decreto 95/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de obras de eficiencia energética en
edificios e infraestructuras vinculadas a la prestación de servicios educativos, dirigidas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo dichas ayudas susceptibles de cofinanciación por la Unión Europea en el marco del Programa FEDER 2021-2027. La
disposición adicional única de dicho decreto incluye la correspondiente y única convocatoria,
estableciendo en su apartado Séptimo la forma y plazo de presentación de solicitudes y en el
octavo la Memoria Valorada y documentación complementaria que deberá acompañarse a la
solicitud.
Segundo. De acuerdo con el artículo 6 del referido Decreto 95/2024, estas ayudas se tramitan por el procedimiento de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica,
en los términos previstos en el capítulo II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Acogiéndose a la normativa indicada anteriormente, las entidades locales que se
incluyen en el anexo III presentaron solicitud de ayuda para las actuaciones de mejora de
eficiencia energética, al amparo del Decreto 95/2024, de 30 de julio.
Cuarto. Una vez finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes, realizado el estudio
de estas y la documentación que acompañan y hechas las subsanaciones necesarias, aquellos
expedientes que reunían todos los requisitos han sido trasladados a la comisión constituida
conforme al artículo 11.3 de las bases reguladoras para ser valoradas de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 13 de las mismas bases reguladoras.
Quinto. El acta de la Comisión de Valoración, de 28 de mayo de 2025 incluye una relación
ordenada de todas las solicitudes admitidas, con indicación de la puntuación otorgada a cada
una de ellas, una vez verificada la adecuación a las bases reguladoras y cumpliendo todos y
cada uno de los requisitos establecidos en el decreto regulador.