Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2025040111)
Decreto 66/2025, de 1 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural el "Castillo de los Herrera" de la localidad de Arroyo de la Luz (Cáceres), con la categoría de Zona Arqueológica.
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NÚMERO 129
38551
Lunes 7 de julio de 2025
De la misma forma, se procedió a su comunicación al Registro de Bienes de Interés Cultu
ral del Ministerio de Cultura, donde aparece inscrito con el código de anotación preventiva
BI0031829.
Dando cumplimiento a la citada resolución, con fecha 4 de marzo de 2025, se procedió a prac
ticar la notificación a las personas interesadas en el procedimiento, así como al ayuntamiento
de Arroyo de la Luz (Cáceres), constando en el expediente las correspondientes acreditacio
nes de aquellas que han sido recibida por las mismas.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad
ministrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de marzo de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación
en el Boletín Oficial del Estado número 81, de 3 de abril de 2025, a las personas interesadas
en el procedimiento que, por distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios fis
cales conocidos.
Así mismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el
artículo 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, siendo favorable el informe emitido por la
Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. El informe solicitado con fecha 18
de febrero de 2025 a la Universidad de Extremadura, que no ha sido emitido, también debe
considerarse favorable a la declaración por el transcurso de dos meses desde la solicitud,
conforme dispones el artículo 7.3 de la citada ley.
Igualmente, se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico y
Cultural de Extremadura.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autono
mía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histó
rico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión
celebrada el día 1 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1.
La declaración del “Castillo de los Herrera” de la localidad de Arroyo de la Luz (Cáceres), con
la categoría de zona arqueológica, como Bien de Interés Cultural, de acuerdo con las especi
ficaciones de los anexos que se acompañan.
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Lunes 7 de julio de 2025
De la misma forma, se procedió a su comunicación al Registro de Bienes de Interés Cultu
ral del Ministerio de Cultura, donde aparece inscrito con el código de anotación preventiva
BI0031829.
Dando cumplimiento a la citada resolución, con fecha 4 de marzo de 2025, se procedió a prac
ticar la notificación a las personas interesadas en el procedimiento, así como al ayuntamiento
de Arroyo de la Luz (Cáceres), constando en el expediente las correspondientes acreditacio
nes de aquellas que han sido recibida por las mismas.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad
ministrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de marzo de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación
en el Boletín Oficial del Estado número 81, de 3 de abril de 2025, a las personas interesadas
en el procedimiento que, por distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios fis
cales conocidos.
Así mismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el
artículo 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, siendo favorable el informe emitido por la
Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. El informe solicitado con fecha 18
de febrero de 2025 a la Universidad de Extremadura, que no ha sido emitido, también debe
considerarse favorable a la declaración por el transcurso de dos meses desde la solicitud,
conforme dispones el artículo 7.3 de la citada ley.
Igualmente, se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico y
Cultural de Extremadura.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autono
mía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histó
rico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión
celebrada el día 1 de julio de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1.
La declaración del “Castillo de los Herrera” de la localidad de Arroyo de la Luz (Cáceres), con
la categoría de zona arqueológica, como Bien de Interés Cultural, de acuerdo con las especi
ficaciones de los anexos que se acompañan.