Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0054)
Acuerdo de 30 de junio de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Reino Unido 2025 (Código MCD25RUNI).
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NÚMERO 129
Lunes 7 de julio de 2025
38780
c) Cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de
diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos, 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, específicamente lo establecido en los artículos 1 y 3 del citado Reglamento (UE) 2023/2831.
2. L
os solicitantes deberán cumplir el siguiente requisito específico, de acuerdo con el segundo apartado del artículo 3 del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre:
Pertenecer a alguno de los siguientes sectores objetivos según las agrupaciones de actividades económicas incluidas en las tarifas del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas):
— 22 - Producción y primera transformación de metales.
— 23 - Extracción de minerales no metálicos ni energéticos: Turberas.
— 24 - Industrias de productos minerales no metálicos.
— 25 - Industria química.
— 31 - Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte).
— 41 - Industria de productos alimenticios y bebidas. A excepción de los epígrafes:
• 413 (Sacrificio de ganado, preparación y conservas de carne e incubación de aves).
• 414 (Industrias lácteas).
— 42 - Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco.
— 45 - Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles.
— 50 - Construcción.
— 61 - Comercio al por mayor. A excepción de los epígrafes:
• 612.1 (Comercio al por mayor de toda clase de productos alimenticios, bebidas y tabacos especificados en los epígrafes 612.2 a 612.7 y 612.9).
• 612.4 (Comercio al por mayor de carnes, productos y derivados cárnicos elaborados,
huevos, aves y caza).
• 612.5 (Comercio al por mayor de leche, productos lácteos, miel, aceites y grasas
comestibles).
Lunes 7 de julio de 2025
38780
c) Cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de
diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos, 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, específicamente lo establecido en los artículos 1 y 3 del citado Reglamento (UE) 2023/2831.
2. L
os solicitantes deberán cumplir el siguiente requisito específico, de acuerdo con el segundo apartado del artículo 3 del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre:
Pertenecer a alguno de los siguientes sectores objetivos según las agrupaciones de actividades económicas incluidas en las tarifas del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas):
— 22 - Producción y primera transformación de metales.
— 23 - Extracción de minerales no metálicos ni energéticos: Turberas.
— 24 - Industrias de productos minerales no metálicos.
— 25 - Industria química.
— 31 - Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte).
— 41 - Industria de productos alimenticios y bebidas. A excepción de los epígrafes:
• 413 (Sacrificio de ganado, preparación y conservas de carne e incubación de aves).
• 414 (Industrias lácteas).
— 42 - Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco.
— 45 - Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles.
— 50 - Construcción.
— 61 - Comercio al por mayor. A excepción de los epígrafes:
• 612.1 (Comercio al por mayor de toda clase de productos alimenticios, bebidas y tabacos especificados en los epígrafes 612.2 a 612.7 y 612.9).
• 612.4 (Comercio al por mayor de carnes, productos y derivados cárnicos elaborados,
huevos, aves y caza).
• 612.5 (Comercio al por mayor de leche, productos lácteos, miel, aceites y grasas
comestibles).