Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Policías Locales. (2025050104)
Orden de 30 de junio de 2025 por la que se modifican los anexos del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único y se deroga la Orden de 16 de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025

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y potenciar la realización de convocatorias conjuntas con el mayor número de municipios de
la región extremeña. En su disposición final primera, relativa al desarrollo normativo, faculta
a la persona titular de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de
coordinación de policías locales, para modificar los anexos de dicho decreto, referidos respectivamente al cuadro de exclusiones médicas, a las pruebas físicas y al temario establecido
para cada categoría profesional dentro de la Policía Local de Extremadura, y que han de ser
respetados en los procesos de selección que se convoquen para dicho personal.
Mediante Orden de 27 de abril de 2023, se convocó el proceso de selección por el sistema
de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la
Policía Local en Ayuntamientos de Extremadura.
El desarrollo, desde la entrada en vigor del Decreto 64/2022, de 8 de junio, de diferentes
procesos selectivos, tanto a través de la figura del Tribunal Único, como de convocatorias
desarrolladas por los diferentes ayuntamientos de Extremadura y la experiencia acumulada,
fruto del análisis de estos procesos, ha puesto de manifiesto la necesidad de implementar una
serie de medidas y propuestas de mejora, a fin de conseguir un proceso selectivo homogéneo
y equitativo en cada una de sus fases y con las garantías jurídicas necesarias. A ello obedecen
las modificaciones aquí propuestas y que se circunscriben específicamente a los Anexos I, II
y III de dicho decreto, antes referenciados.
En primer lugar, se suprimen las exclusiones circunstanciales previstas en la prueba de reconocimiento médico dentro de la fase de oposición del proceso selectivo, considerando que la
finalidad de esta prueba es garantizar, en el preciso momento de celebración de la misma, la
idoneidad física de la persona aspirante para la función policial a desempeñar, lo que resulta
incompatible con la posibilidad de un aplazamiento de dicha comprobación.
En segundo lugar, se modifican las pruebas físicas a fin de conseguir una mayor igualdad
efectiva entre hombres y mujeres, tanto en el acceso por turno libre como por promoción
interna/externa.
Por último, se adecúa el temario, tanto común como específico, en las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de categoría de
agente de policía local de Extremadura, a través de su acotación y actualización, con ánimo
de garantizar su continuidad en el tiempo en pos de la seguridad jurídica que ha de presidir
el procedimiento selectivo.
Por otro lado, y en desarrollo del Decreto 64/2022, de 8 de junio, se publicó la Orden de 16
de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía